Real Decreto 1511/1977, Título III - VI - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos

Ministro de Marina - Regla Número 1. Almirante Jefe del Estado Mayor de la Armada - Regla Número 2

 

Banderas y Estandartes. Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos protocolo.org

Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos

Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero

CAPÍTULO III

Regla Número 1

Ministro de Marina

1. Descripción

(Sin contenido.)

2. Tipos y usos

(Sin contenido.)

El Ministerio de Marina se suprimió por el artículo 2.1 del Real Decreto 1558/1977, de 4 de julio. Referencia B.O.E. A-1977-15200.

Regla Número 2

Almirante Jefe del Estado Mayor de la Armada

1. Descripción

Será una bandera cuadra de los colores de la Bandera Nacional, llevando en el centro de la franja gualda el emblema de la Armada, y una estrella de cinco puntas, emblema simplificado del Estado Mayor, color azul, y en sentido horizontal.

2. Tipos y usos

Los indicados en la regla número 1 del capítulo VI de este título.

Si bien el texto de esta regla no se ha modificado expresamente, la imagen que se reproduce de esta insignia corresponde a la versión actual de uso reglamentario en las Fuerzas Armadas, conforme a lo establecido en la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar y en la normativa sobre divisas de los empleos militares de General de Ejército, Almirante General y General del Aire, establecidas por la Orden Ministerial 136/1999, de 20 de mayo, del Ministerio de Defensa.

Almirante. Almirante Jefe del Estado Mayor de la Armada B.O.E.

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