Agente general de Preces.

Solicitudes para recibir de la Corte Pontificia las Bulas, Breves y demás gracias apostólicas.

Guía de Protocolo Diplomático.

 

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Solicitud del Agente general de Preces.

El Agente general de Preces a Roma se creó para remitir las Preces y recibir de la Corte Pontificia las Bulas, Breves y demás gracias apostólicas.

Los Prelados diocesanos reciben las solicitudes que se presentan, y las envían a la Agencia general de Preces, que las da curso. Obtenida la gracia y recibida la Bula o Breve de ella, la Agencia se encarga de obtener el Exequátur, y con él la remite a los diocesanos para su entrega a los interesados.

Por Real cédula de 30 de Noviembre de 1708 se determinaron las funciones de los Agentes de Preces; y por Real decreto de 7 de Junio de 1837 se suprimió la plaza de Agente de Preces, encargando de sus funciones a la Pagaduría del Ministerio de Estado. Por el Real decreto de 26 de Setiembre de 1851, restableciendo dicha plaza, se agregó a la Sección de Asuntos eclesiásticos del Ministerio de Estado, que en la actualidad la desempeña.

El 27 de Octubre de 1848 se expidió una Real orden disponiendo que los Agentes de Preces no intervengan en Breves que no se hayan impetrado en la forma prevenida por la ley.

La Agencia de Preces a Roma, y su Agente en dicha Corte, dependen de la Sección de Administración y Contabilidad del Ministerio de Estado.