Oficio de un Capitán General al Alcalde de un pueblo.

Oficio del Capitán General de una provincia al Alcalde de un pueblo mandándole hacer una prisión.

El arte epistolar. Reglas teórioc-prácticas para escribir. 1819.

 

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Oficio del Capitán General de una provincia al Alcalde de un pueblo mandándole hacer una prisión.

En el momento que Vd. reciba esta orden; tomando todas las precauciones que le dicte su prudencia procederá a prender la persona ae Bonifacio Sorribas, mozo soltero de ese vecindario, y le hará conducir con toda seguridad por sujetos de su confianza, haciendo a uno de ellos responsable de su entrega en las reales cárceles de esta capital, asi como yo haré a Vd. un estrecho cargo de la menor omisión o falta de actividad que se advirtiere en practicar estas diligencias, porque en ello se interesa el mejor servicio del Rey Nuestro Señor.

Dios guarde a Vd. muchos años.

Fecha.

Firma.

Señor Alcalde o Justicia del lugar de tal.

Es de rúbrica poner los oficios, sea en folio o en cuarto, doblado el papel por su mitad a lo largo, dejando en blanco, para margen a la izquierda del que escribe la una de ambas mitades, y lo mismo se observa en la hoja vuelta y en cuantas páginas ocupare el oficio.

Al principio de él suele ponerse en dicho margen y enfrente del blanco que en la parte superior se deja por cumplido, la secretaría u oficma de donde procede aquel oficio; y sirve para imponerse desde luego de la persona que lo escribe sin necesidad de ir a ver la firma.

En algunos oficios anteriores, por ejemplo, se pondría; Intendencia del tal, en el primero; y en el segundo: Capitanía general de tal provincia. Muchos usan de un sello en cuya circunferencia se lee la oficina.