Urbanidad en las desgracias.

Las penas compartidas son más fáciles de llevar y el cariño de las personas mitiga el dolor y el sufrimiento.

Tratado de urbanidad para uso de las escuelas. 1865.

 

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Urbanidad en las desgracias.

Cuando a alguno de nuestros deudos o amigos le haya sobrevenido una desgracia le manifestaremos la parte que en la misma nos tomamos, como también nuestro deseo de aliviarle diciendo según el caso: "siento en el alma el pesar que aflige el corazón de Vd. por tal adversidad"; "pero si mi persona y facultades pueden contribuir a su consuelo, las emplearé gustoso en su obsequio". "La novedad ocurrida en la salud de D. N. me tiene en el mayor cuidado, y no cesará éste hasta su total restablecimiento".

También puede utilizar expresiones similares a estas: "Todos hemos de pagar tarde o temprano el feudo común al Criador, y debemos conformarnos con sus altos juicios". "Procure Vd., pues, consolarse con la dulce convicción de que la madre de Vd. en premio de sus virtudes estará ya gozando de mejor vida". "Acompaño a Vd. en el justo dolor que le cabe por la muerte inesperada de su apreciable hermano, rogando al mismo tiempo al Señor le conserve a Vd. muchos años como el único que puede reemplazar una pérdida tan sensible".

No llevéis a la sociedad vuestras pesadumbres ni desazones, para no ir a turbar la alegría de los otros. Si no podéis contribuir a ésta, quedaos en casa con vuestras ideas melancólicas; pero si tratáis de disiparlas con las distracciones de la sociedad, no impongáis vuestras penas por castigo a todos sus individuos.