Reglamento Honores y Distinciones. Diputación de Almería. I.

Reglamento de Honores y Distinciones de la Excelentísima Diputación de Almería.

 

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PRESIDENCIA

Edit. Diciembre 96 Sesión Ordinaria del Pleno de 21 de Mayo de 1952.

Reglamento de Honores y Distinciones de la Excma. Diputación Provincial de Almería

EXPOSICION DE MOTIVOS:

El cumplimiento por parte de las instituciones de las competencias y funciones que le son atribuidas por la ley tienen como objeto final el progreso, el bienestar y la calidad de vida de los ciudadanos. No obstante, determinados esfuerzos de particulares, instituciones y colectivos sociales, inciden igualmente en beneficio de la sociedad en distintos ámbitos de la vida. Este tipo de esfuerzos debe ser agradecido por el conjunto de los ciudadanos a través de las instituciones que los representan.

El reconocimiento honorífico de los méritos y acciones especiales de los individuos en actuaciones de interés común por parte de los gobernantes, los estados, o las instituciones es algo presente en la mayoria de las sociedades históricas. La reglamentación de estas distinciones, la incoación de expediente y la resolución por los órganos de gobierno competentes caracteriza estas recompensas en las sociedades democráticas.

La Diputación Provincial de Almería dispone desde 1952 de un «Reglamento para la Concesión de Placas de Honor y Gratitud y Medallas de Oro, Plata y Bronce de la Provincia de Almería» que es necesario renovar y poner al día al objeto de adecuarlo a los nuevos tiempos.

Con el fin de reconocer y agradecer públicamente el trabajo, esfuerzo y dedicación de aquellas personas, naturales o jurídicas, instituciones y grupos que se destaquen por su labor en cualquier ámbito de la actividad humana, y de manera especial en relación con la Provincia de Almería, se realiza el presente Reglamento de Honores y Distinciones, al objeto de poner al día los signos de reconocimiento público y agradecimiento de esta Diputación Provincial, adecuándolos al tiempo y circunstancias de la sociedad democrática de finales del siglo XX, manteniendo determinados objetos de recompensa que forman parte de la riqueza de la historia de las formas, pero otorgándoles los contenidos de una cultura que atiende a nuevos valores sociales y culturales.

Por todo ello, y de conformidad con lo previsto en los artículos 189 y 190 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se formula el presente,

REGLAMENTO DE HONORES Y DISTINCIONES CLASES DE DISTINCIONES

Artículo 1º.

Las distinciones que concede la Diputación Provincial de Almería son: Medalla de Oro de la Provincia de Almería, Medalla de la Cultura de la Provincia de Almería, Medalla del Deporte de la Provincia de Almería, Medalla Social de la Provincia de Almería, y Escudo de Oro de la Provincia de Almería.

Artículo 2º.

La Medalla de Oro de la Provincia de Almería es la distinción honorífica símbolo de la gratitud y reconocimiento público de la Provincia hacia aquellas personas, naturales o jurídicas, o grupos, que se han destacado por su labor y esfuerzo, distinguiéndose por méritos sobresalientes y notorios, en beneficio de la provincia de Almería, España o la comunidad internacional, en cualquier orden de la actividad humana. Es la distinción de mayor honor de la Diputación Provincial de Almería.

Artículo 3º.

La Medalla de la Cultura de la Provincia de Almería es la distinción honorífica símbolo de la gratitud y reconocimiento público de la Provincia hacia aquellos creadores, artistas o artesanos, intelectuales, personas naturales o jurídicas, colectivos y grupos que se destaquen en el ámbito de la actividad o la gestión de la cultura, particularmente relacionada con la Provincia de Almería.

Artículo 4º.

La Medalla del Deporte de la Provincia de Almería es la distinción honorífica símbolo de la gratitud y reconocimiento público de la Provincia hacia aquellas personas naturales o jurídicas, colectivos y grupos, que se destaquen en el ámbito de la actividad o la gestión del deporte, particularmente en el ámbito de la Provincia de Almería.

Artículo 5º.

La Medalla de Social de la Provincia de Almería es la distinción honorífica símbolo de la gratitud y reconocimiento público de la Provincia hacia aquellas personas naturales o jurídicas, colectivos sociales, organizaciones no gubernamentales y grupos, que se han destacado por sus esfuerzos de caracter social o solidario, participación ciudadana, conquistas científicas, creación de empleo, promoción de la Provincia u otros méritos de relevancia social.

Artículo 6º.

El Escudo de Oro de la Provincia de Almería es el símbolo de la gratitud y el reconocimiento de la Provincia hacia aquellas personas, naturales o jurídicas, colectivos o grupos que se han destacado por algún motivo especial en relación a las competencias y funciones propias de la Diputación Provincial de Almería que, aunque no tuviese relevancia pública, sea motivo de agradecimiento por parte de la Diputación Provincial.

Igualmente, se puede conceder el Escudo de la Provincia a cuantas personalidades o autoridades realicen visita oficial a la Diputación Provincial de Almería por razones de cualquier índole.

El Escudo de Oro de la Provincia se concederá a todos los empleados de la Diputación Provincial de Almería con motivo de su jubilación.