A continuación les planteo mi duda, sobre un acto que tuvo lugar en Pozuelo de Alarcón (Madrid), organizado por el ayuntamiento del municipio.
En febrero, el ex presidente del Gobierno, José María Aznar, cerró un ciclo de conferencias llamado "Relecturas" y que estuvo organizado por el Ayuntamiento de Pozuelo, en esta ocasión, fue el director del diario El Mundo, Pedro J. Ramírez, el encargado de presentar la intervención de José María Aznar, que versó sobre un libro, que fue editado por la Editorial de la Fundación FAES que el ex presidente preside actualmente.
La mesa presidencial constaba de tres personas: el ex presidente, José Mª Aznar (en el lado derecho del alcalde, ocupando el puesto 2); el alcalde de Pozuelo, Jesús Sepúlveda (que presidía la mesa en el puesto 1); y el director del diario El Mundo, Pedro J.Ramírez (en el puesto 3). Sistema de ordenación en alternancia e individual.
La duda que me surge es la siguiente; atendiendo al Real Decreto 2099/1983, de 4 de agosto, artículos 12 y 13 dice que los actos organizados en el territorio propio de una Comunidad el orden de precedencia sería para los Ex presidentes el puesto 14, en este caso el Sr. Aznar y en el 19 el Alcalde del municipio, en este caso el Sr. Sepúlveda. Por lo tanto, ¿en la mesa presidencial no debería haber sido presidido por el Sr. Aznar en el puesto 1 y a su derecha en el puesto 2 el Alcalde, por dos motivos, por atender al Real Decreto y por cortesía hacia el invitado de honor que goza de mayor rango que el Alcalde?
Por otro lado, sería correcto se utilizara el tratamiento honorífico de Excmo. (Excelentísimo) para designar al Alcalde. ¿No se aplica Excmo. sólo para los alcaldes de Madrid y de Barcelona?
Gracias por vuestra aportación.