Hola foreros. Necesito saber si es obligatoria la colocación de la foto del Rey en dependencias oficiales. Si es así, en qué dependencias es obligatorio y en cuáles no. Y en que norma jurídica se recoge esto.
Hola foreros. Necesito saber si es obligatoria la colocación de la foto del Rey en dependencias oficiales. Si es así, en qué dependencias es obligatorio y en cuáles no. Y en que norma jurídica se recoge esto.
No conozco la existencia de norma o reglamento alguno que indique tal cuestión. Puede que en alguna reglamentación autonómica o municipal se haga referencia a esta cuestión, pero lo desconozco. Creo que es algo optativo.
Por mi propia experiencia, no he sido ningún alto cargo, cuando tuve despacho oficial nadie me obligó a colocar la foto del Rey. Tampoco nadie me comunicó por vía interna, este requerimiento, y de hecho, no la tuve en mi despacho.
Si he leído, en alguna parte (creo que fue en el libro Honores y Protocolo), que en los despachos de los cargos electos, preside el despacho la bandera (esta si es obligatoria en sitios oficiales) y una foto del Rey, pero no dice nada sobre la obligatoriedad o no. Puede que sea "voluntariamente obligatorio" como decían los profesores de mi colegio.
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