Términos diplomáticos. I

Pequeño diccionario de los principales términos utilizados en el ámbito diplomático. Su definición y significado

 

Términos diplomáticos. Diccionario de términos diplomáticos. Embajada de España en La Habana foto base Ministerio de Asuntos Exteriores de España

Diccionario de términos diplomáticos

Acreditación múltiple.

Situación en que se encuentra un Jefe de Misión acreditado a un mismo tiempo ante varios Estados.

Agregado.

Miembro del personal diplomático de una Embajada que tiene asignada una función específca (comercial, cultural, laboral, militar...). Suele ser funcionario de algún Ministerio distinto del de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

Agregado Honorario.

En algunos países recibe este nombre el Agregado que, de modo excepcional, ha sido acreditado como personal diplomático.

Canciller.

En una Embajada o Consulado es el jefe del personal administrativo. No tiene carácter diplomático.

Cancillería.

Local donde se encuentran las ofcinas de la Misión Diplomática o del Consulado, por oposición a la Residencia del Embajador o Cónsul y a otras oficinas especializadas que puedan formar parte de la Misión (Ofcina Comercial, Sección Consular, etcétera).

Carrera Diplomática.

Conjunto de funcionarios que tiene encomendada de modo regular la representación del Estado y la protección de los nacionales en el exterior, ejecutando la política internacional determinada por las instancias a las que constitucionalmente corresponda.

Cartas Credenciales.

Documento que el Jefe del Estado acreditante dirige al Jefe del Estado receptor comunicándole el nombramiento de determinada persona como Embajador ante él. Previamente se habrá obtenido el plácet.

Circunscripción Consular.

Territorio atribuido a una Ofcina Consular. En la práctica española se distingue entre Demarcación Consular (circunscripción de un Consulado de Carrera) y Distrito Consular (circunscripción de un Consulado Honorario).

Consejero de Embajada.

Puesto dentro de una Embajada por debajo del Ministro Consejero -si lo hay- y por encima del Primer Secretario.

Cónsul.

Denominación genérica del titular de una Oficina Consular. Incluye al Cónsul propiamente dicho, al Cónsul General, al Cónsul Adjunto y al Agente Consular.

Cónsul adjunto.

Funcionario de la Carrera Diplomática que, con carácter consular, auxilia a un Cónsul General de quien recibe delegación de funciones y al que sustituye durante sus ausencias.

Cónsul de carrera.

El que por estar al frente de un Consulado de Carrera tiene competencia para ejercer en su plenitud todas las funciones consulares que permite el Derecho internacional. En el Servicio Exterior español todos los Cónsules de Carrera son funcionarios de la Carrera Diplomática.

Cónsul general.

Es el titular de un Consulado General. En el sistema español vigente, tiene categoría personal mínima de Consejero de Embajada.

Cónsul honorario.

No suele ser nacional del país por cuenta del que actúa, sino que tiene nacionalidad del país de residencia o, incluso, de un tercer Estado y puede ser a un mismo tiempo Cónsul Honorario de dos o más países. Por oposición al Cónsul de Carrera, sólo es competente para ejercer un número limitado y secundario de las funciones consulares permitidas por el Derecho internacional.

Consulado.

Representación Permanente que mantiene un Estado en otro con el fin primordial de proteger y auxiliar a sus nacionales y fomentar las relaciones comerciales. El término designa a un mismo tiempo el órgano y su sede. Hay Consulados de Carrera y Consulados Honorarios, según que ejerzan todas las funciones consulares que permite el derecho internacional o se limiten al ejercicio de funciones secundarias.

Consulado General.

Es la Oficina Consular de primera categoría, con independencia de la extensión de su circunscripción.

Cuerpo Consular.

Conjunto de Cónsules de todo orden que ejercen sus funciones en una misma población. El más antiguo de ellos ejerce como Decano.

Cuerpo Diplomático.

Conjunto de personas acreditadas con este carácter ante un determinado Estado. Incluye a todo el personal diplomático extranjero en una capital. El más antiguo de entre los Embajadores ejerce como Decano. En los países de tradición católica, el Decano es generalmente el Nuncio Apostólico.