Real Decreto 1511/1977, Título III - Insignias

Capitanes Generales de los Ejércitos de Tierra, Mar o Aire - Regla Número 1

 

Banderas y Estandartes. Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos protocolo.org

TÍTULO III - Insignias

Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero

Definición: Son banderas especiales que izadas indican la autoridad que ostenta el mando.

CAPÍTULO I

Regla Número 1

Capitanes Generales de los Ejércitos de Tierra, Mar o Aire

Insignia. Capitanes Generales de los Ejércitos de Tierra B.O.E.

Insignia. Capitanes Generales de los Ejércitos de Mar B.O.E.

Insignia. Capitanes Generales de los Ejércitos de Aire B.O.E.

1. Descripción

Ejército: Será una bandera cuadra, con los colores da la Bandera Nacional, con dos bastones (bengalas) cruzados de Mariscal en azul y sobre ellos el emblema del Ejército en sus esmaltes, en el centro de la franje gualda.

Armada: Será una bandera cuadra, con los colores de la Bandera Nacional, con un ancla en azul a lo largo de la franja gualda.

Aire: Será una bandera cuadra, con los colores de la Bandera Nacional, con dos bastones (bengalas) cruzados de Mariscal en azul y sobre ellos, el emblema del Ejército del Aire en sus esmaltes en el centro de la franja gualda.

2. Tipos y usos

Los indicados en regla número 1 del capítulo VI de este título.

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