Criterios para fijar las precedencias.
Se determinan de acuerdo con el tipo de acto y el momento y el lugar donde éste se desarrolla.
Criterios para fijar la precedencia.
Se determinan de acuerdo con el tipo de acto y el momento y el lugar donde éste se desarrolla.
Algunos de los criterios aplicables son:
1. Criterio jurídico. La colocación se efectúa según los rangos que ostenten las personalidades, los cuales son establecidos por la norma, considerando de mayor a menor.
2. Criterio político. Debido al tipo de acto, la colocación obedece a las convivencias y los compromisos.
3. Criterio de la calidad que corresponda a las personas. Según el papel que toque a cada asistente, se le coloca. Por ejemplo, el anfitrión tiene el lugar central, pero por cortesía puede cederlo a un invitado relevante y ubicarse a su derecha.
Para mayor precisión en el momento de determinar la precedencia deben considerarse las normas generales siguientes:
- El ordenamiento es de mayor a menor.
- Las esposas gozan de igual puesto que sus maridos.
- Cuando una corporación desfile en procesión, el orden será de menor a mayor.
- En las recepciones, las corporaciones desfilarán con su presidente en cabeza, o sea la persona de mayor autoridad, y el resto de los miembros lo harán en sentido descendente, que cerrarán el secretario general y el jefe de protocolo.