Persona grata.

Costumbre de preguntar, por cortesía, si la persona que se desea enviar a un país es grata a su Soberano y a su Gobierno.

Guía de Protocolo Diplomático.

 

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Persona grata.

"Non enim omnes admitti praecipit gentium jus". (Grocio, "De jure belli ac Pacis").

Precisamente por la misma razón del prestigio de que se rodea a todo Ministro público, de las inmunidades que se le conceden, y del frecuente trato que ha de tener con la Corte y con el Gobierno, se ha establecido la costumbre de preguntar, por cortesía, si la persona que se desea enviar a un país es grata a su Soberano y a su Gobierno, y si tendrían que oponer algún reparo a su elección y nombramiento. Pregunta que suele hacerse confidencialmente, y por lo general de viva voz, pudiendo el Ministro de Negocios Extranjeros contestar en el acto o cuando guste.

Esta deferencia evita lo que ha sucedido ya, de que después de nombrado un Ministro, el Gobierno cerca del cual es enviado, se niegue a recibirlo, provocando así un ruidoso escándalo en el que puede perder enormemente el Gobierno que sea más débil de los dos.

Pinheiro pretende que se puede rechazar libremente el nombramiento de un Agente diplomático que no es persona grata, pero sostiene que es preciso también expresar entonces los motivos por los que se le rehusa.

Aunque esta clase de negociaciones son en todas partes reservadísimas, podemos asegurar terminantemente que al rehusar un Enviado diplomático, se dice siempre porqué causa se le rechaza, y que todos los Gobiernos piden esta explicación.

La costumbre de tener un solo Ministro acreditado cerca de varios Estados a la vez, y la de que dos o más Soberanos se sirvan de un solo Representante cerca del mismo Estado, son perfectamente correctas.