C. CAPÍTULO II. PRECEDENCIAS. ORíGENES. NORMATIVA.
La precedencia en las organizaciones, se refiere a la jerarquía que tienen las personas, de acuerdo a la importancia de los cargos que desempeñan u ocupan.
La precedencia en las organizaciones, se refiere a la jerarquía que tienen las personas, de acuerdo a la importancia de los cargos que desempeñan u ocupan y que les permite gozar de ciertas preferencias de lugar, ubicación y atención, sobre las demás personas de la misma organización que ostentan cargos de inferior jerarquía.
La Precedencia es un honor y un privilegio otorgado a las personas que detentan cargos dentro de la sociedad-Estado, y como honor que es, debe el personaje que la tiene, saber cumplir y respetar las normas correspondientes.
Este ordenamiento es reconocido y utilizado tanto en el campo oficial como privado y en el ámbito nacional e internacional.
El vocablo PRECEDENCIA, tiene varias acepciones:
· Prioridad en el tiempo .
· Anterioridad en el espacio.
· Preeminencia en lugar, asiento o desfiles, en actos honoríficos a los cuales concurren autoridades de diversas clases.
· Preferencia para presidir o presenciar ciertas solemnidades.
· Primacía.
· Superioridad.
Desde este punto de vista hay entonces, varios tipos de precedencias, siendo obviamente la más importante, el Cuadro general de Precedencias en función a los cargos y jerarquías en la estructura orgánica del Estado.
A. ORÍGENES DE LA PRECEDENCIA.
En la historia de las sociedades, pocos aspectos han sido tan complicados como el encontrar un sistema único, uniforme y con el que todos estén de acuerdo.
Los primeros problemas de ordenamiento datan de los inicios de la Edad media, uego de la caida del Imperio Romano (siglo V). La caída de Roma da lugar al surgimiento de diversos reinos y señoríos gobernados por diversas dinastías cada cual más deseosa de detentar los títulos y dignidades que distinguieron al Imperio Romano de Occidente.
Entre la misma monarquía europea no existía un acuerdo para ordenamientos y prelaciones. Cada rey reclamaba ser el primero en las reuniones y para ello los argumentos jamás escaseaban. A ello se agregaba las exigencias de los embajadores y enviados especiales, reclamando se les otorgue las mismas prerrogativas que las dispuestas para sus representados.
Uno de los más importantes antecedentes al ordenamiento confeccionado en 1504 por el entonces Maestro de Ceremonias de la Capilla Pontificia, quien, con ocasión de una "Embajada de Obediencia" del Rey de Inglaterra al Papa Julio II, estableció una prelación que ubicaba al Emperador en primer lugar, seguido del Rey de Roma y luego todos los demás reyes ordenados de acuerdo a la supuesta fecha en que cada casa reinante se habría convertido al cristianismo.
En la vida religiosa católica encontramos más de un ejemplo de ceremonial y especialmente de protocolo. En el Credo se dice que "Jesucristo subió a los cielos y está sentado a la DIESTRA de Dios Padre Todopoderoso".
Pero la máxima enseñanza se encuentra en la Biblia. En el Evangelio según San Lucas, versículos "los invitados a las bodas", relata que Jesús observando como escogían los primeros asientos a las mesas, refirió a los convidados la siguiente parábola:
"Cuando fueres convidado por alguno a bodas, no te sientes en el primer lugar, no sea que OTRO MAS DISTINGUIDO QUE TU, esté convidado por él y, viendo el que te convidó a ti y a él, te diga DA LUGAR A ESTE y entonces comiences CON VERGÜENZA A OCUPAR EL ULTIMO LUGAR. Más, cuando fueres convidado, ve y siéntate EN EL ULTIMO LUGAR, para que cuando venga el que te convidó te diga: Amigo, SUBE MAS ARRIBA, entonces tendrás GLORIA DELANTE DE LOS QUE SE SIENTAN CONTIGO a la mesa. Porque cualquiera que se ENALTECE, será HUMILLADO y el que se humille será ENALTECIDO".
B. NORMATIVIDAD VIGENTE SOBRE PRECEDENCIAS.
CUADRO GENERAL DE PRECEDENCIAS, Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú - Cancillería.
23/07/2003.- D.S. Nº 090-2003-RE.- Aprueba Cuadro General de Precedencia para actos y ceremonias que conciernan al Ceremonial del Estado. (24/07/2003)
DECRETO SUPREMO, Nº 090-2003-RE.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
CONSIDERANDO:
Que es necesario actualizar el Cuadro General de Precedencias establecido por el Decreto Supremo Nº 057-2001-RE [T.302,§331] del 22 de julio de 2001, en aplicación de las normas del Derecho Diplomático, la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961, y de la práctica diplomática, en concordancia con las disposiciones constitucionales y la legislación interna.
Que es necesario que los actos públicos se realicen en conformidad al Ceremonial del Estado, en estricta aplicación del orden de precedencias;
DECRETA:
1. Apruébase el siguiente Cuadro General de Precedencias para los actos y ceremonias que conciernan al Ceremonial del Estado:
1. Presidente de la República.
2. Presidente del Congreso de la República.
3. Presidente del Poder Judicial.
4. Ex Presidentes de la República.
5. Cardenal de la Iglesia Católica, Arzobispo de Lima y Primado del Perú.
6. Vicepresidentes de la República.
7. Presidente del Tribunal Constitucional.
8. Presidente del Consejo de Ministros.
9. Vicepresidentes del Congreso de la República.
10. Decano del Cuerpo Diplomático. Nuncio Apostólico.
11. Fiscal de la Nación.
12. Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura.
13. Ministros de Estado y Congresistas.
- Relaciones Exteriores.
- Defensa.
- Economía y Finanzas.
- Interior.
- Justicia.
- Educación.
- Salud.
- Agricultura.
- Trabajo y Promoción del Empleo.
- Producción.
- Comercio Exterior y Turismo.
- Energía y Minas.
- Transportes y Comunicaciones.
- Vivienda, Construcción y Saneamiento.
- Promoción de la Mujer y Desarrollo Social.
14. Jefes de Misiones Diplomáticas Extranjeras.
15. Defensor del Pueblo.
16. Miembros del Tribunal Constitucional, Consejo Nacional de la Magistratura, Vocales y Fiscales Supremos.
17. Presidente del Jurado Nacional de Elecciones.
18. Funcionarios con rango de Ministro de Estado.
- Contralor General de la República.
- Presidente del Consejo Nacional de Descentralización.
- Presidente Ejecutivo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas.
- Presidente de la Comisión Nacional Anticorrupción.
- Presidente de la Comisión Nacional de Juventud.
19. Presidentes Regionales.
- Alcalde de Lima.
20. Secretario General de Relaciones Exteriores.
21. Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas.
22. Comandante General del Ejército.
23. Comandante General de la Marina.
24. Comandante General de la Fuerza Aérea.
25. Alcaldes Provinciales.
- Alcalde de la Provincia Constitucional del Callao.
26. Presidente del Banco Central de Reserva.
27. Director General de la Policía Nacional del Perú.
28. Presidente de la Conferencia Episcopal Peruana.
29. Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales.
30. Jefe del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil.
31. Presidente del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura.
32. Presidente del Consejo Supremo de Justicia Militar.
33. Representantes de Organismos Internacionales.
34. Arzobispos.
35. Secretario General de la Presidencia de la República.
36. Secretario General de la Presidencia del Consejo de Ministros.
37. Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia.
- Lima.
- Callao.
- Cono Norte.
38. Viceministros.
-Viceministro de Asuntos Administrativos y Económicos.
- Viceministro de Asuntos Logísticos y de Personal.
- Viceministro de Hacienda.
- Viceministro de Economía.
- Viceministro del Interior.
- Viceministro de Justicia.
- Viceministro de Gestión Pedagógica.
- Viceministro de Gestión Institucional.
- Viceministro de Salud.
- Viceministro de Agricultura.
- Viceministro de Trabajo.
- Viceministro de Promoción del Empleo y Micro y Pequeña Empresa.
- Viceministro de Industria.
- Viceministro de Pesquería.
- Viceministro de Comercio Exterior.
- Viceministro de Turismo.
- Viceministro de Energía.
- Viceministro de Minas.
- Viceministro de Transportes.
- Viceministro de Comunicaciones.
- Viceministro de Vivienda y Urbanismo.
- Viceministro de Construcción y Saneamiento.
- Viceministro de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Social.
39. Embajadores en el Servicio Diplomático de la República.
40. Generales de División EP, Vicealmirantes AP y Tenientes Generales FAP.
41.Tenientes Generales de la Policía Nacional del Perú.
42. Alcaldes Distritales.
43. Prefectos.
- Prefecto de Lima.
- Prefecto del Callao.
44. Vicepresidentes Regionales.
45. Superintendente de Banca y Seguros.
46. Superintendente Nacional de Administración Tributaria (SUNAT).
47. Superintendente de Administradoras de Fondos de Pensiones.
48. Superintendente Nacional de los Registros Públicos.
49. Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud (SEPS).
50. Presidente del Directorio del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI).
51. Presidente del Directorio de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores (CONASEV).
52. Presidente de la Comisión Consultiva del Ministerio de Relaciones Exteriores.
53. Consejeros Regionales.
54. Oficial Mayor del Congreso de la República.
55. Secretario de Prensa de la Presidencia de la República.
56. Teniente Alcalde del Concejo Provincial.
- Lima.
- El Callao.
57. Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores.
58. Rector de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.
59. Rectores de Universidades Estatales.
60. Rectores de Universidades Particulares.
61. Decanos de Colegios Profesionales.
62. Miembros de la Comisión Consultiva del Ministerio de Relaciones Exteriores.
63. Presidentes, Directores y Jefes de Instituciones Científicas, Académicas y Culturales.
64. Presidente de la Sociedad Fundadores de la Independencia.
65. Ministros de Embajadas Extranjeras.
66. Ministros en el Servicio Diplomático de la República.
67. Generales de Brigada EP, Contralmirantes AP y Mayores Generales FAP.
68. Generales PNP.
69. Obispos y Vicarios Apostólicos.
70. Presidentes, Directores y Jefes de Instituciones Representativas de la Industria, Comercio, Servicios y Finanzas.
71. Vocales de la Corte Superior y Fiscales Superiores.
72. Fiscales Adjuntos Supremos.
73. Jefes y Directores de la Administración Pública.
74. Organizaciones del Sector Privado.
75. Procuradores Públicos.
76. Superintendentes Generales.
77. Decano del Cuerpo Consular Lima y Callao.
78. Ministros Consejeros de Embajadas Extranjeras.
79. Agregados Castrenses de Embajadas Extranjeras.
80. Ministros Consejeros en el Servicio Diplomático de la República.
81. Coroneles EP, Capitanes de Navio AP y Coroneles FAP.
82. Coroneles PNP.
83. Dean del Cabildo Eclesiástico.
84. Jueces de Primera Instancia.
85. Fiscales Provinciales.
86. Cónsules Generales Extranjeros.
87. Consejeros de Embajadas Extranjeras.
88. Consejeros en el Servicio Diplomático de la República.
89. Tenientes Coroneles EP, Capitanes de Fragata AP y Comandantes FAP.
90. Tenientes Coroneles PNP.
91. Dignidades del Cabildo Eclesiástico.
92. Cónsules Extranjeros.
93. Directores de Departamentos y Reparticiones Estatales.
94. Primeros Secretarios de Embajadas Extranjeras.
95. Primeros Secretarios en el Servicio Diplomático de la República.
96. Cónsules Ad honorem.
97. Mayores EP, Capitanes de Corbeta AP y Mayores FAP.
98. Mayores PNP.
99. Secretarios y Relatores de las Cortes de Justicia.
100. Jueces de Paz Letrados.
101. Segundos Secretarios de Embajadas Extranjeras.
102. Segundos Secretarios en el Servicio Diplomático de la República.
103. Capitanes EP, Tenientes Primeros AP y Capitanes FAP.
104. Capitanes PNP.
105. Terceros Secretarios de Embajadas Extranjeras.
106. Terceros Secretarios en el Servicio Diplomático de la República.
107. Agregados de Embajadas Extranjeras.
108. Vicecónsules Extranjeros.
109. Tenientes EP, Tenientes Segundos AP y Tenientes FAP.
110. Tenientes PNP.
2. Apruébase el siguiente Cuadro Regional de Precedencias para los actos y ceremonias que conciernan al Ceremonial del Estado:
01. Presidente Regional.
02. Prefecto.
03. Presidente de la Corte Superior.
04. Alcalde Provincial.
05. Comandante General de la Región.
06. Comandante de la Zona Naval.
07. Comandante del Ala Aérea.
08. Miembros del Consejo Regional.
09. Obispo.
10. Jefe de la Región PNP.
11. Decano del Cuerpo Consular.
12. Miembros del Cuerpo Consular.
13. Vocales y Fiscales de la Corte Superior.
14. Segundo Comandante de la Región Militar.
15. Comandantes de las Grandes Unidades de las FF.AA.
16. Oficiales Generales y Almirantes.
17. Jefe de la Oficina Regional de Procesos Electorales.
18. Rectores de las Universidades.
19. Directores Regionales del Sector Público.
20. Director de la Beneficencia Pública.
21. Director del Cuerpo de Bomberos.
22. Directores de Instituciones Cívicas.
23. Jefes de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional.
24. Oficiales de las FF.AA. y PNP.
25. Jueces y Fiscales Provinciales.
26. Decanos de Facultad o Programas Académicos de las Universidades.
3. Las precedencias del orden protocolar no implican necesariamente relación de jerarquía o subordinación funcional entre las diversas autoridades.
4. En las ceremonias internas y cívicas de las diversas instituciones del Estado, se aplican sus propias normas protocolares y de precedencias en concordancia básica con lo dispuesto en el presente decreto supremo. Dichas ceremonias son presididas por el jefe del sector o el titular de la institución.
5. En las ceremonias oficiales, los Jefes de Misiones Diplomáticas, Representantes de Organismos Internacionales y Jefes de Oficinas Consulares, acreditados ante el Gobierno del Perú, así como los miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional serán ubicados de preferencia en lugares independientemente situados al de otras altas autoridades nacionales, siguiendo su propio orden de precedencia.
6. Las disposiciones contenidas en el presente decreto supremo se integrarán a la normativa que regule el Ceremonial del Estado, el mismo que contendrá las normas aplicables del ceremonial correspondiente a los Gobiernos Regionales.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de julio del año dos mil tres.
ALEJANDRO TOLEDO, Presidente Constitucional de la República. ALLAN WAGNER TIZON, Ministro de Relaciones Exteriores.
C. LEY DE LA DERECHA Y DE LA PROXIMIDAD.
La precedencia tiene su máxima ley en el concepto de que el lugar de honor es ocupado por la máxima jerarquía en el sitial de la derecha (*), ya sea en un acto, comida, visita, recepción, etc.
(*) Cuando ubicamos personas siempre debemos tener en cuenta que consideramos la derecha y la izquierda a partir de la ubicación central, mirando desde atrás de quién ocupa este lugar y no desde la platea.
Cuando se realice una ceremonia, debemos tener en cuenta que el lugar de honor no es la cabecera, sitio reservado para el anfitrión, sino la derecha de este. De esta forma, si tenemos que situar a tres personas en la misma fila, la ubicación sería:
en donde "0" es la ubicación que le corresponde al anfitrión, "1" la derecha, asignada al invitado de mayor jerarquía (lugar que también le corresponde al invitado de honor si existiera) y "2", lugar que ocupará el invitado que sigue a "1" en el orden de precedencia.
Existen ciertas excepciones a esta normativa, especialmente las dadas por los usos y costumbres, entre las que podemos destacar a modo de ejemplo:
En el caso que el invitado de honor supere al anfitrión en jerarquía, podemos invitarlo a ocupar la cabecera (o centro), desplazando al anfitrión hacia la izquierda de modo tal que el visitante principal ocupe la cabecera y a la vez se encuentre situado a la derecha del anfitrión. De esta forma podría componerse una cabecera compartida: donde "0" es la ubicación correspondiente al anfitrión y "00" al invitado de honor (como dijimos anteriormente, de mayor jerarquía que "0").
En el caso del Jefe o Director de la Institución, sólo cederá su lugar al Ministro o Viceministro de Salud. Así mismo hará lo propio si asiste un ministro de otro sector o los presidentes de los poderes públicos.
En el caso de asistir el Señor Presidente de la República, siempre ocupará la cabecera o el lugar de honor.
D. PRECEDENCIA EN AUTOMÓVILES, AVIONES Y OTROS.
En todo automóvil, subirá primero por la puerta trasera derecha la persona de mayor jerarquía. Entrarán por la puerta izquierda trasera, aquél o aquéllos que en jerarquía les corresponde acompañar al personaje. Junto al conductor y por la parte delantera derecha, entrará aquél o aquellos, que siguen en jerarquía, como lo señalan las
Para salir del vehículo, saldrá la persona sentada en el asiento delantero derecho, (Automóviles). A esta persona le corresponde abrir la puerta trasera el personaje de mayor jerarquía. En el caso del presidente de la República, altas autoridades civiles, militares y eclesiásticas de la Nación, así como aquellos personajes huéspedes de honor de visita al país, es de rigor cumplir con esta norma protocolar de cortesía.
Precedencia cuando se camina, Cuando se acompaña caminando a un personaje con jerarquía, éste debe ir del lado derecho de su acompañante, pero, si son dos personas quienes acompañan al personaje, éste debe ir en el medio de sus acompañantes teniendo a su derecha al de mayor jerarquía y a su izquierda al que le sigue en jerarquía.
E. LA MESA DE HONOR.
La mesa de honor o mesa principal, debe estar ordenada con mucha anticipación y debe denotar pulcritud, colocando los implementos básicos:
- Paño (de ser el caso).
- Rótulos al frente del asiento con los cargos de las personas que conforman la mesa de honor (los nombre deben notarse por la parte posterior del rótulo para que los que ocupan un lugar en la mesa se ubiquen fácilmente).
- Vaso servido de agua a la altura de la mano derecha y al alcance.
- Fólder con materiales impresos, programa, listado con nombres y cargos en forma jerarquizada, de las personas que conforman la mesa. Si estuvieran presentes algunos altos funcionarios en la sala deben incluirse en la lista para que el orador las pueda mencionar.(Orden de Precedencia).
- Cantidad de sillas suficiente más una o dos adicionales para la imprevistos.
- Estandartes o banderas.
- Banderines de mesa (Banderín Nacional e Institucional), si no han sido colocados los estandartes.
- Micrófono en la parte central de la mesa funcionando, (Puede ser también uno inalámbrico) o micrófono en el podium, la ubicación del mismo depende del tipo de ceremonia o evento que se trate.
- Si el micrófono está en el podium, entonces los estandartes deberán estar detrás del podium para que hagan el marco al orador.
- Si el micrófono está en el centro de la mesa de honor y el orador hablará desde ahí, los estandartes deberán estar detrás de la persona más importante de la mesa de honor.
- Si la ceremonia es externa, al aire libre, el equivalente es el arreglo del estrado principal.
- Ubicación adecuada de los oradores.
- Micrófono con parante para oradores y micrófono aparte para el Maestro de Ceremonias, podio si fuera el caso (el Presidente de la República lleva su propio podio, pero require un sillón especial).
- Espacios suficientes para el tránsito al interior del estrado.
- Una persona destinada para atender el estrado.
F. CASOS PRÁCTICOS.
Ejemplo N° 1: Ceremonia de Aniversario en el Instituto Especializado de Salud Mental.
Miembros de la mesa de honor:
1. Ministro de Salud (MS).
2. Director del IESM (D-IESM).
3. Alcalde de San Martín de Porras (ASMP).
4. Decano del Colegio Médico (DCM).
5. Representante de OPS (OPS).
6. Maestro de ceremonias (M.C.)
La ubicación sería de la siguiente manera:
IMPORTANTE:
- Reiteramos que no es recomendable considerar ubicaciones pares en la Mesa de Honor.
- En los casos que el invitado de honor sea el Presidente de la Nación (o similar para el acto que se lleva a cabo), este ocupará el centro, dando la derecha a la persona que le siga en jerarquía y así sucesivamente.
- En caso de duda del lugar que ocupan los funcionarios del Estado, se debe consultar el Cuadro de Precedencia.
- Los representantes del Ministro o del Vice-Ministro se ubican a la derecha del anfitrión o Jefe Establecimiento.
Ejemplo N° 2: Inauguración de Programa Académico en el IDREH.
Miembros de la mesa de honor:
1. Jefe del IDREH (J-IDREH).
2. Sub-Jefe del IDREH (SJ - IDREH).
3. Director General de Capacitación (DGFC).
4. Coordinador del Curso (CC).
5. Docente (DC).
Ejemplo Nº 3 Inauguración de Obras en un Establecimiento de Salud con financiamiento externo.
1. Ministro de Salud o Vice-Ministro de Salud (DM).
2. Director de la DISA (D-DISA).
3. Director del Establecimiento (D-E).
4. Director del PRONEIM (D-PRONEIM).
5. Representante de Financiadora (R-Finaciad).
IMPORTANTE:
- En el caso que la obra fue autofinanciada o recibió apoyo solo del MINSA, sólo se consideran tres ubicaciones y el Director del PRONEIM, tiene un sitio preferencial en la primera fila.
- En inauguraciones de obras es preferible que las autoridades estén paradas en un tabladillo cerca del lugar donde será el corte de la cinta o la revelación de la placa.
Ejemplo Nº 4: Inauguración de en Encuentro Macro-Regional de Salud.
1. Ministro de Salud (MS).
2. Presidente del Gobierno Regional donde se realiza la actividad (PGR).
3. Director Regional de Salud anfitriona (DIRESA).
4. Director General de Salud de las Personas - MINSA (DGSP).