110. Acto. Grados generales. I.

La ceremonia de grado implica un protocolo especial que es preciso practicar.

Universidad Tecnológica de Pereira - Facultad de Ingeniería Industrial.

 

Imagen Genérica Protocolo y Etiqueta protocolo.org

13. Actos específicos de la institución.

La Oficina de Protocolo deberá velar porque los actos que lleve a cabo la Universidad, se desarrollen con los estándares de calidad requeridos para la ocasión. Siendo responsabilidad de quien genera la invitación brindar las facilidades e información completa para la coordinación de las actividades.

13.1 Grados generales.

Para respetar en esta ceremonia las formalidades que ella amerita, es pertinente cumplir con las siguientes recomendaciones:

Guía del estudiante.

Indumentaria: Por solemnidad de la ceremonia, organización y facilidad económica para el estudiante, el acto de graduación deberá realizarse con toga, que deberá ser entregada un día antes de la graduación junto con las tarjetas de invitación. (Toga, birrete con su respectiva borla y estola).

Ensayo: La ceremonia de grado implica un protocolo especial que es preciso practicar. El ensayo para la graduación de los estudiantes, será el (...) en el Auditorio/teatro (...) a (... a.m, p.m.) Es indispensable la asistencia puntual al ensayo.

Invitaciones: Cada graduando tendrá derecho a invitar a x número de personas, por lo cual se entregarán x número invitaciones por graduando. Es requisito indispensable presentar la invitación para el ingreso a la ceremonia. Debido a la cantidad de estudiantes en cada ceremonia y teniendo en cuenta la capacidad de los Auditorios, no es posible entregar más tarjetas del cupo admitido ni hacer excepciones.

Horario: Para la debida organización del ingreso con marcha al auditorio, colocación de la indumentaria, toga y birrete, los graduandos deberán estar una hora antes del acto.

Ubicación: Los puestos para los graduandos se encontrarán reservados en el auditorio. Para su ubicación, el mismo día en que se entregan las tarjetas de invitación, la Dirección de Registro y Control Académico le asignará el número que deberá ocupar, el cual le servirá, para:

1. Ingreso ordenado al auditorio.

2. Ubicación en la silla respectiva.

3. Orden de llamado a recibir el diploma.

Fotos y filmaciones: Los fotógrafos serán autorizados por la Oficina de Protocolo, y deberán tener una reunión previa a la ceremonia para recibir las indicaciones del caso: concretar la prestación del servicio, momento oportuno para la toma de fotos y su ubicación en el Auditorio.

Para garantizar la solemnidad y organización de la ceremonia, se deberá solicitar a los graduandos y sus familiares no ingresar al auditorio ningún tipo de cámaras filmadoras ni fotográficas.

Intervención estudiantil: Con antelación se deberá coordinar el estudiante que llevará la vocería de los graduandos en el acto, para la lectura del mensaje de despedida de la Institución. Dicho discurso deberá ser de una página como máximo y coherente con la ceremonia de grado.

Desarrollo de la ceremonia de grados. La Ceremonia de Entrega de Títulos y Diplomas es un acto académico solemne, en el cual la Universidad otorga un título o grado académico a sus egresados.

Las ceremonias de grados generales serán presididas por el Señor Rector o su delegado.

Ingreso de familiares. Dependiendo de la cantidad de alumnos que se graduarán y de la capacidad del recinto en el que se desarrollará la ceremonia, se entregará una cantidad limitada de invitaciones por persona.

Ingreso de autoridades. Posterior al ingreso de los familiares, lo harán las autoridades académicas quienes se ubicarán en el escenario, ocupando la precedencia que les corresponda.

Ingreso de alumnos. Para dar solemnidad a la ceremonia se interpretará la marcha académica. Al momento de ésta interpretación los estudiantes ingresarán al auditorio por orden alfabético y por programas, para tomar ubicación en las sillas dispuestas para dicho fin.

Juramentos.

Disponen las normas sobre ética médica: Ley 43 de 1981 y el Decreto reglamentario 3380 de 1981, del juramento.

Artículo 2º. Para los efectos de la presente ley, adóptense los términos contenidos en el juramento aprobado por la Convención de Ginebra de la Asociación Médica Mundial, con la adición consagrada en el presente texto.

El médico deberá conocer y jurar cumplir con lealtad y honor el siguiente:

Juramento médico.

Prometo solemnemente consagrar mi vida al servicio de la humanidad;

otorgar a mis maestros el respeto, gratitud y consideración que merecen;

enseñar mis conocimientos médicos con estricta sujeción a la verdad científica y a los más puros dictados de la ética; ejercer mi profesión dignamente y a conciencia;

velar solícitamente y ante todo, por la salud de mi paciente; guardar y respetar los secretos a mí confiados;

mantener incólumes, por todos los medios a mi alcance, el honor y las nobles tradiciones de la profesión médica; considerar como hermanos a mis colegas;

hacer caso omiso de las diferencia de credos políticos y religiosos, de nacionalidad, razas, rangos sociales, evitando que éstos se interpongan entre mis servicios profesionales y mi paciente;

velar con sumo interés y respeto por la vida humana, desde el momento de la concepción y, aún, bajo amenaza, no emplear mis conocimientos médicos para contravenir las leyes humanas.