Los tratamientos y sobrescritos
Tratamientos debidos a las distintas personalidades y autoridades en siglo XIX
Tratamientos de cortesía para utilizar en los escritos y sobrescritos en el siglo XIX
Aquella urbanidad
Se concederá el tratamiento de:
1. Santidad o Beatitud, al Papa, nuestro Santo Padre en Roma.
2. Majestad, al Rey y a la Reina, nuestros señores y a los demás Reyes.
3. Majestad Cesárea, al Emperador.
4. Alteza Real, a los Serenísimos Señores Príncipe y Princesa de Asturias, Infantes de España, personas reales, y al Duque de Saboya.
5. Alteza Serenísima, al Gran Duque de Florencia, a los Electores del Sacro Romano Imperio, a los Duques de Mantua, Palma, Guastala y otros potentados.
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6. Alteza y Excelencia, a los Serenísimos y Excelentísimos Señores Duque de Venecia y Dux de Génova.
7. Excelencia, a los primeros ministros, o secretarios de Su Majestad. A los Capitanes y Tenientes Generales del ejército. A los Grandes de España y sus primogénitos. A los Virreyes, Ex-Virreyes, Embajadores y Ex-Embajadores. A los caballeros de la insigne orden del Toisón de Oro, y las Grandes Cruces de las órdenes de Carlos III, Isabel La Católica, San Fernando y San Hermenegildo. A los Consejeros de Estado.
8. Señoría Ilustrísima, a los reverendos Arzobispos y Obispos. A los Camaristas.
9. Señoría, a los Mariscales de Campo, Brigadieres y Coroneles. A los Intendentes y Comisarios ordenados. A los títulos de Castilla, e hijos segundos de Grandes de España. A los Presidentes de los Consejos y a los Consejeros. A los Auditores de Guerra. A los Jueces de las Chancillerías y Audiencias.
Las señoras viudas o casadas gozan del tratamiento que tuvieron o tienen sus esposos.