Precedencia de los departamentos ministeriales. España
Los organizadores de un acto deben conocer el orden de precedencia para establecer un orden correcto
Los departamentos ministeriales y su precedencia
Real Decreto 553/2004, de 17 de abril. B.O.E. 94, 18/04/2004
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De conformidad con el artículo 2.2.j) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, corresponde al Presidente del Gobierno la creación, modificación y supresión, por real decreto, de los departamentos ministeriales, así como de las secretarías de Estado.
Con el objeto de desarrollar el programa político del Gobierno, conseguir la máxima eficacia en su acción y la mayor racionalidad en el funcionamiento de la Administración General del Estado, se considera necesario reformar la vigente estructura ministerial.
Precedencias departamentos ministeriales
- Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
- Ministerio de Justicia.
- Ministerio de Defensa.
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- Ministerio de Economía y Hacienda.
- Ministerio del Interior.
- Ministerio de Fomento.
- Ministerio de Educación y Ciencia.
- Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
- Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
- Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
- Ministerio de la Presidencia.
- Ministerio de Administraciones Públicas.
- Ministerio de Cultura.
- Ministerio de Sanidad y Consumo.
- Ministerio de Medio Ambiente.
- Ministerio de Vivienda.