Máster interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales de la Escuela Diplomática II

Orden AEC/2667/2015, de 7 de diciembre, por la que se convocan pruebas de admisión al Máster interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales de la Escuela Diplomática, para el curso 2016/2017

 

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Quinta

Asimismo, las solicitudes de admisión a la presente convocatoria del «Máster Interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales» correspondiente al curso 2016-2017 cumplirán los siguientes requisitos:

5.1) Deberán ajustarse al formulario que se publique en la página Web de la Escuela Diplomática ( www.maec.es ), y presentarse antes del 1 de marzo de 2016.

5.2) Las pertenecientes a la categoría (a) de la base primera de la presente convocatoria, se presentarán por los respectivos Ministerios de Relaciones Exteriores mediante Nota Verbal dirigida a las Embajadas y Consulados Generales de España.

5.3) Las correspondientes a la categoría (b) se dirigirán a la Secretaría de la Escuela Diplomática (sita en el Paseo de Juan XXIII, n.° 5, 28040 Madrid) pudiendo presentarse asimismo en los registros establecidos en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, incluyendo las Embajadas y Consulados Generales de España, y debiendo hacerse constar expresamente el lugar (Escuela Diplomática o Embajada o Consulado General de España) en donde se desea efectuar la prueba de admisión.

Sexta

La relación de aspirantes que a juicio de la Escuela Diplomática satisfagan las condiciones requeridas para tomar parte en la prueba de admisión, se publicará tanto en el tablón de anuncios de la Escuela como en los de las Embajadas y Consulados Generales de España en los países en que residiesen los aspirantes al «Máster». La fecha y hora de la celebración de la prueba de admisión se publicará en la página Web de la Escuela Diplomática (www.maec.es) con una antelación mínima de quince días naturales.

Séptima

7.1) La prueba de admisión estará orientada a acreditar que el candidato posee los conocimientos necesarios para seguir con el debido aprovechamiento las enseñanzas que se imparten en el «Máster Interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales».

7.2) La prueba de admisión se celebrará antes del 20 de abril de 2016 en la sede de la Escuela Diplomática o en la sede de alguna de las Universidades Públicas signatarias del Convenio-marco de colaboración al que hace referencia la cláusula tercera para los aspirantes residentes en España, y en cada una de las Embajadas y Consulados Generales de España en que se hubieran presentado solicitudes, para los residentes en el exterior que no hubiesen optado en su solicitud por realizar dicha prueba en España, al amparo de lo dispuesto en la norma sexta.

7.3) La prueba de admisión consistirá en un ejercicio escrito en el que cada aspirante deberá desarrollar, en idioma español y en el término máximo de dos horas, un tema a elegir entre dos, que se dará a conocer en el momento de realización de la prueba. La prueba versará sobre temas políticos, económicos, jurídicos, sociales y/o culturales de la actualidad internacional. En este ejercicio se valorará el rigor del planteamiento, la claridad de la exposición, el conocimiento de la materia, la capacidad de síntesis y la formación cultural que muestre poseer el candidato. No existe un temario preestablecido para la preparación de esta prueba.
Octava.

Las Embajadas y Consulados de España en los que se hayan celebrado pruebas de admisión remitirán con la máxima urgencia y por valija, en pliego cerrado y sellado dirigido al Embajador-Director de la Escuela Diplomática, los ejercicios realizados debidamente identificados.

Novena

La lista de los aspirantes admitidos como alumnos del «Máster interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales» 2016-2017 de la Escuela Diplomática se hará pública antes del 31 de mayo de 2016, en el tablón de anuncios y en la página Web de dicho Centro, así como en los de las Embajadas y Consulados Generales de España en que se hubiesen celebrado pruebas de admisión o se hubiesen recibido y tramitado solicitudes de aspirantes a cursar el «Máster».

Décima

Con carácter excepcional y en función de Acuerdos bilaterales suscritos por Instituciones o Centros nacionales o extranjeros con la Escuela Diplomática, la Comisión Académica podrá acordar la dispensa o el aplazamiento de la aplicación de alguna de las normas que anteceden.

Undécima

De conformidad con la Orden AEC/2603/2015, de 1 de diciembre de 2015, por la que se fija el precio público de matriculación en el «Máster interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales» el «Máster» tendrá un precio de 1.250 euros, sin perjuicio de las tasas aplicables a la expedición del título.

Duodécima

12.1) El «Máster» tendrá la duración de un año académico (de octubre de 2016 a junio de 2017, ambos inclusive), a lo largo del cual se impartirá, en primer término, un módulo troncal de una duración de dos trimestres, de asistencia obligatoria, con las asignaturas de Derecho Internacional Privado; Derecho Internacional Público; Relaciones Internacionales; Economía Mundial y de España; Historia de las Relaciones Internacionales; Sociología, Unión Europea, y Organismos Internacionales. Durante el último trimestre se impartirán «módulos de especialización» sobre materias relativas a las relaciones internacionales. Asimismo, la Escuela organizará seminarios, conferencias y visitas de estudio, cuya asistencia será también obligatoria.

12.2) A lo largo del mes de febrero de 2017, los alumnos deberán indicar a la Dirección de la Escuela Diplomática el módulo de especialización del «Máster» que desean cursar. La Escuela, procederá a establecer de forma definitiva la distribución de los alumnos en los distintos «módulos de especialización» en función de criterios académicos.

12.3) El «Máster interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales» incluye, con carácter obligatorio, las clases de idioma inglés, así como las de una segunda lengua a elegir entre francés, alemán, árabe, chino y ruso.

12.4) Los alumnos elaborarán una Memoria durante el curso, cuya extensión mínima y fecha de presentación determinará la Dirección de la Escuela, y que habrá de versar sobre un asunto de interés político, diplomático o académico determinado por la Dirección de la Escuela Diplomática.

12.5) Las diferentes materias del programa de estudios serán objeto de evaluación durante el «Máster». Los alumnos que superen dichas pruebas de evaluación y no reúnan más de un 10 % de ausencias injustificadas de las clases y hayan seguido con aprovechamiento el «Máster», recibirán el título de «Máster Interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales» expedido por las siguientes Universidades: Universidad Complutense, Universidad de Alcalá, Universidad Autónoma, Universidad Carlos III, Universidad Rey Juan Carlos, Universidad Internacional Menéndez Pelayo y Universidad Nacional de Educación a Distancia, así como, por la Escuela Diplomática.

12.6) Los alumnos que no superen con suficiencia el «Máster» podrán solicitar a la Dirección de la Escuela, un Certificado de asistencia que se otorgará en función de las circunstancias precisas que concurran en el peticionario.

Madrid, 7 de diciembre de 2015.-El Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, José Manuel García-Margallo y Marfil.