Real Decreto 1511/1977, IV - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos

Bandera para unidades de las Fuerzas Armadas - Regla Número 4

 

Banderas y Estandartes. Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos protocolo.org

Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos

Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero

Regla Número 4

Bandera para unidades de las Fuerzas Armadas

Bandera. Bandera para unidades de las Fuerzas Armadas B.O.E.

Imagen actualizada del escudo conforme al artículo 3 del Real Decreto 2964/1981, de 18 de diciembre, referencia B.O.E. A-1981-29376.

1. Descripción

Será la bandera nacional llevando el escudo de España bordado en ambas caras en el centro de la franja gualda.

Apoyado exteriormente a una circunferencia con centro en el escudo, irán: en la parte superior de la misma, el nombre del Arma o Cuerpo a que pertenece la enseña cuando corresponda, y en la parte Inferior de la misma, el nombre y número del Regimiento o unidad cuando se designe (sin abreviaturas). Se fijará al asta abarcándola en forma continua con la misma tela, cosiéndola en forma que la ciña y sujetándola por una jareta.

Llevará a continuación de la moharra y atada al asta una cinta con los colores nacionales, con la cual se hará un lazo, que terminará por ambos extremos en un fleco dorado.

Podrá ostentar las corbatas correspondientes a las condecoraciones ganadas por las unidades respectivas, en acciones de guerra o hechos considerados como tales, así como aquellas honoríficas que a cada una le hayan sido otorgadas.

2. Medidas

Largo de la bandera: 1.475 mm.
Ancho de la bandera: 1.280 mm.
Distancia de la vaina al centro del escudo: 737,5 mm.
Altura del escudo: 520 mm.
Radio de la circunferencia exterior: 420 mm.
Radio de la circunferencia interior: 340 mm.
Altura de las letras: 80 mm.

3. Confección

Tafetán de seda, y escudo bordado en seda, plata y oro, con las letras en negro.

4. Uso

Todas las unidades de las Fuerzas Armadas que la tengan concedida.

5. Escudo

El especificado en la regla 2 del título I.

  • Real Decreto 1511/1977 - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, Título I
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