34. Bandera Institucional de la Universidad Nacional de Cuyo.
Ordenanza 61/2010-CS.
Bandera Institucional de la Universidad Nacional de Cuyo.
Ordenanza 61/2010-CS.
MENDOZA, 27 de julio de 2010.
VISTO:
El Expediente REC:0002373/2010, donde la Secretaría de Relaciones Institucionales y Territorialización del Rectorado eleva la propuesta de creación de la Bandera Institucional de la Universidad Nacional de Cuyo (UNCUYO), y
CONSIDERANDO:
Que la creación de una Bandera Institucional para esta Casa de Estudios resulta de especial importancia para la identificación de la misma y constituirá, tanto para la comunidad universitaria como para el medio en el que está inserta, un valor determinante en el establecimiento y desarrollo de su identidad, que complementará los símbolos que hasta el momento la representan (escudo e himno).
Que, con el objeto de establecer un diseño definitivo y preservar su fiel representación, afianzado en una norma legal, el Rectorado encomendó la tarea de diseñar el emblema al Área de Diseño del Centro de Información y Comunicación de la Universidad Nacional de Cuyo (CICUNC).
Que, previamente, para la selección de la Bandera Institucional se determinó y puso en práctica una instancia de consulta a la comunidad universitaria, mediante una encuesta de opinión no vinculante, a partir de tres propuestas elaboradas por el CICUNC.
Que participaron de dicha encuesta un total de 7.823 personas, pertenecientes a los claustros de alumnos, graduados, docentes-investigadores y personal de apoyo académico.
Que, realizado el escrutinio, el modelo N° 1 resultó el más votado, con 3.707 sufragios.
Que dicho modelo toma como referencia de tamaño y proporción la bandera argentina de uso ceremonial, con formato rectangular apaisado, con una longitud de 1,40 m y 0,90 m de altura, presenta dos franjas horizontales, una blanca y la otra azul, en cuyo centro se ubica el escudo de la Universidad Nacional de Cuyo en versión color.
Que la Comisión de Interpretación y Reglamento de este Consejo Superior ha tomado conocimiento del resultado de la encuesta de opinión no vinculante y aconseja sea elegido el modelo N° 1 como Bandera de la Universidad Nacional de Cuyo.
Por ello, atento a lo expuesto y lo aprobado por este Cuerpo en la sesión del 9 de junio de 2010,
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO ORDENA:
Artículo 1.º
Crear la BANDERA INSTITUCIONAL DE LA UNIVER-SIDAD NACIONAL DE CUYO, cuyas normas de uso y demás especificaciones se encuentran contenidas en el Anexo I de la presente ordenanza, que consta de DOS (2) hojas.
Artículo 2.º
Comuníquese e insértese en el libro de ordenanzas del Consejo Superior.
Prof. Dr. Adolfo Omar CUETO Ing. Agr. Arturo SOMOZA
Secretario de Relac. Instit. y Territ. Rector
UNCUYO UNCUYO
ANEXO I.
Bandera de la Universidad Nacional de Cuyo.
Se toma como referencia de tamaño y proporción la bandera argentina de uso ceremonial. Presenta dos franjas horizontales: una blanca y la otra azul.
El formato es rectangular apaisado, con una longitud de 1.40 m y 0.90 m de altura, es decir, una proporción de 9/14.
En el centro geométrico se ubica el escudo de la Universidad Nacional de Cuyo en versión color. El diámetro mayor del mismo es de 0,60 m y se mantiene la proporción de 9/14.
El color surge de los institucionales en el escudo de la UNCU-YO, combinados con los colores oficiales de la bandera argentina, más blanco y negro.
La bandera de flameo se propone en un tamaño no inferior a 2.50 m de largo.
Colores institucionales.
Normas de uso: Este símbolo deberá estar presente en todas las Unidades Académicas, institutos colegios, delegaciones y dependencias de la UNCUYO.
Se ubicará en los actos y ceremonias institucionales acompañando a las banderas nacional y provincial.
No será portada por abanderado. Se colocará en un asta, separada de las banderas nacionales y provincial.
El Rectorado, Unidades Académicas, institutos, colegios, dependencias y delegaciones no podrán utilizar ningún diseño diferente del que se presenta en el anexo. La reproducción de la bandera deberá realizarse bajo la estricta y fiel representación del diseño estipulado en su modelo original.
Usuarios: La bandera institucional sólo podrá utilizarse en eventos académicos e institucionales, siempre que se encuentre presente una autoridad académica o exista expresa delegación por parte de la autoridad superior, entendiéndose por autoridad académica: rector, vicerrector, secretarios de Universidad, Decanos, Vicedecanos, Directores de institutos y Directores y Vicedirectores de cole-gios preuniversitarios y escuelas.
Lugar: La bandera deberá permanecer izada junto a la bandera nacional y provincial en los mástiles ubicados en el ingreso al campus universitario.
Podrá estar presente en celebraciones que se realicen en las instalaciones del campus, sedes, colegios, delegaciones y dependencias del Rectorado, como así también en eventos externos a las dependencias universitarias, siempre que sea acompañada por una autoridad con representación institucional.
Ubicación: En todos los actos universitarios deberán estar presentes la bandera nacional, provincial e institucional, con la siguiente ubicación: a la derecha del orador principal se colocará la bandera nacional; a la izquierda de ésta y a una distancia de 20 centímetros se ubicará la bandera provincial y a la izquierda del emblema provincial, a una distancia de 60 centímetros se colocará la bandera institucional.
En caso de duelo oficial o nacional, dictaminado por la autoridad pública competente o duelos institucionales se izará la bandera institucional a media asta, acompañando a la nacional.
Prof. Dr. Adolfo Omar CUETO Ing. Agr. Arturo SOMOZA
Secretario de Relac. Instit. y Territ. Rector
UNCUYO UNCUYO