Circular al Cuerpo Consular del Perú. I.

Clasificación y dependencia jerárquica de los Consulados.

Derecho Diplomático. Aplicaciones especiales a las Repúblicas Sud-Americanas.

 

Imagen Genérica Protocolo y Etiqueta protocolo.org

Circular al Cuerpo Consular del Perú.

Lima, Enero 20 de 1864.

Crece evidentemente el comercio y puede decirse también, la significación política internacional de la República; y se hace por estas circunstancias, indispensable prestar al manejo de sus intereses en el exterior, la atención que corresponde a la importancia que van adquiriendo. De aquí nace la necesidad de regularizar el servicio de los Consulados, de manera que se hallen en aptitud de llenar más cumplidamente, que hasta ahora, los fines de su institución.

Lo reconoció así el Gobierno, y ha tenido a bien expedir el decreto de 14 de Diciembre último, impreso en el número 1, tomo 46 del Peruano, que reglamenta el servicio consular, y sobre el que me es grato llamar la atención de ...... De los dos ejemplares que acompaño, se servirá ...... conservar uno en el archivo de ese Consulado.

La clasificación y dependencia jerárquica de los Consulados. Los deberes más generales de los Cónsules, los que especialmente están en la obligación de cumplir en los distintos casos en que pueden entrar en relación oficial con sus conciudadanos, con este Ministerio, o con las autoridades del lugar en que residen; los requisitos que deben reunir para el ejercicio de sus funciones; las condiciones que deben llenar, y las formalidades a que deben sujetarse durante ellas son, con cuantos pormenores han podido proveerse, materia de las disposiciones del Reglamento.

Su cumplimiento estricto asegurará, a no dudarlo, el orden y regularidad en las labores consulares, hará más eficaces las atribuciones protectoras de los Cónsules, y dando al Gobierno el conocimiento exacto que ha menester del estado y marcha natural del comercio exterior, facilitará la adopción de medidas que, en unas partes lo promuevan, lo desarrollen en otras y lo protejan en todas. El cuerpo mismo consular, sujeto a reglas que garantizen el acierto en la elección de las personas que lo forman, acabará ciertamente por conquistar el lugar distinguido que merece entre los diversos órdenes de empleados de la República; ganará con esas reglas la conveniencia pública, y podrá hacerse efectiva la justicia que se debe a la experiencia adquirida y al mérito de los servicios prestados.

Innecesario creo llamar la atención de ...... en particular hacia cada uno de los artículos del Reglamento; y aun me excusaría de recordarle la obligación en que está de estudiarlo detenidamente y de cumplir sus disposiciones a medida que las ocasiones se fueren presentando, si el buen resultado que el Gobierno espera de m ellas, no dependiese en mucha parte de la cooperación que ...... como los demás Cónsules de la República, deben prestarle con ese objeto.

Haré a ...... sin embargo las prevenciones que siguen, sin las que, podría ...... quizá entrar en vacilación respecto del modo de dar cumplimiento a los artículos a que se refieren.

1.ª El libro especial en que deberá ...... tomar razón de los pasaportes que expida o vise, según lo prescrito en el artículo 82, será abierto por ...... el 1.º de Abril próximo, principiando su numeración con el primero que expidiere o visare desde esa fecha. Con todo, si llevase ...... ya un libro especial de pasaportes, deberá ...... continuarlo hasta después de remitida la razón trimestral o semestral (según el caso) del artículo 83.

2.ª El libro de declaraciones y protestas de que se ocupa el artículo 95 y el de actas del estado civil de los peruanos residentes o que accidentalmente se encuentren en ese distrito consular (artículo 96) principiarán con la primera acta de protesta o declaración, y respectivamente, con la primera acta de matrimonio, nacimiento o defunción que ocurrieren desde la fecha en que llegue a conocimiento de ...... la presente circular.

3.ª El cuadro estadístico cuya formación se prescribe por el artículo 100, requiere naturalmente estudios, observaciones y anotaciones preliminares o continuadas que, en estricto rigor, no puede el Gobierno exigir a los Cónsules, por esta vez. La obligación de remitirlo queda aplazada por lo mismo hasta dentro de los dos primeros meses del año próximo 1865; lo que, sin embargo, no obsta para que, aun antes de esa fecha y de acuerdo con otros artículos del Reglamento, comunique ...... a este Ministerio aisladamente cualquiera de los datos que hayan de formar dicho cuadro siempre que, a su juicio, tengan la importancia suficiente.