Del modo de conducirnos en sociedad. De las visitas. De las visitas en general.

Las visitas son los actos que más eficazmente contribuyen a fomentar, consolidar y amenizar las relaciones amistosas.

Manual de Buenas Costumbres y Modales. 1.852

 

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Manual de Buenas Costumbres y Modales. Urbanidad y Buenas Maneras.

1. Las visitas son los actos que más eficazmente contribuyen a fomentar, consolidar y amenizar las relaciones amistosas; a conservar las fórmulas y ceremonias que tanto brillo y realce prestan a la sociabilidad; a facilitar todos los negocios y transacciones de la vida; y a formar, en fin, los buenos modales y todas las cualidades que constituyen una fina educación, por la multitud de observaciones que ellas nos permiten hacer a cada paso, las cuales nos conducen a imitar lo que es bueno y a desechar lo que es malo, adoptando insensiblemente los usos y estilos de las personas que más se insinúan en el ánimo de los demás, por su trato agradable, delicado y culto.

2. Las visitas son indispensables para el cultivo de la amistad, pues por medio de ellas manifestamos a nuestros amigos, de la manera más evidente y expresiva, cuán grato es para nosotros verlos y tratarlos, así como la parte que tomamos en sus placeres, en sus conflictos y en sus desgracias, y el agradecimiento que nos inspiran sus atenciones y servicios.

3. Es por esto que la sociedad ha dado universalmente una gran importancia a las visitas, y como actos que expresan afecto, consideración y agradecimiento, las ha hecho necesarias y obligatorias, interpretando siempre su omisión como una grave falta a los deberes sociales.

4. Seamos, pues cuidadosos y esmerados en hacer oportunamente todas aquellas visitas a que tales consideraciones nos obliguen, y pensemos que por más que nuestra omisión no tenga origen en la ignorancia de las leyes de la etiqueta, ni en la falta de sentimientos amistosos, ella será casi siempre atribuida a una u otra causa, por cuanto es por las señales exteriores que se juzga más generalmente de nuestra educación y de nuestras disposiciones para con los demás; siendo digno de notarse, que son muchos los casos en que la falta de una visita llega a ocasionar serios desagrados y aun a disolver los lazos de una antigua amistad.

5. Como según las reglas anteriormente establecidas, debemos permanecer en nuestra casa decentemente vestidos, y a las horas de recibo en un traje propio para recibir toda especie de visitas y como nuestra sala debe estar siempre perfectamente arreglada, de modo que no sea necesario prepararla ocasionalmente al anunciársenos una visita, es de todo punto innecesario que las señoras, como ha solido acostumbrarse, se pasen recado pidiéndose permiso para visitarse en señaladas horas. Aunque no medie entre ellas ninguna confianza, pueden visitarse libremente sin previo permiso.

6. Nos es enteramente lícito negarnos, o hacer decir a las personas que nos soliciten que no estamos de recibo, cuando no nos encontremos en disposición de recibir, ya sea porque tengamos entre manos alguna ocupación que no podamos abandonar, ya porque nos preparemos a salir con urgencia, ya por cualquiera otro motivo, que a ninguno le es permitido entrar a juzgar ni a examinar. Y es mostrar poca cultura, y una completa ignorancia de los usos de la buena sociedad, el darnos por ofendidos porque una persona se excuse de recibirnos, o porque hayamos sospechado, y aún llegado a descubrir, que se encuentra en casa, habiéndosenos contestado estar fuera de ella.

7. Sin esta libertad, las visitas, que son generalmente actos de amistad y de consideración, se convertirían en muchos casos en actos tiránicos y aún llegarían a ser, hasta cierto punto odiosas, según fuese la entidad del perjuicio que una persona recibiese en sus intereses, por haber de someterse a recibir una visita, precisamente a tiempo en que un negocio de importancia y de naturaleza perentoria exigiese su presencia en otra parte.

8. Es evidente que el reconocimiento de estos principios y su aplicación a la práctica, comunica grande expedición a las relaciones sociales, y las liberta al mismo tiempo de las diferencias y resentimientos que sin ellos ocurrirían a cada paso, pues ninguno está exento de la imposibilidad absoluta de recibir en ciertas ocasiones, ni de que, habiéndose negado, se descubra por las personas que le solicitan, que se halla en su casa.

9. Este general consentimiento nos ahorra también el embarazo en que nos encontraríamos muchas veces en una visita, por ignorar si habíamos llegado en oportunidad; pudiendo desde luego estar tranquilos y satisfechos al considerar que la persona que nos recibe ha tenido la libertad de excusarlo.

10. Para terminar esta breve disertación sobre la libertad de excusarse de recibir visitas, que admite hoy la buena sociedad en todas partes, advertiremos que el que usa de este derecho, lo hace muchas veces aún cuando se trate de la visita de un amigo muy querido, cuya compañía le proporciona los ratos más amenos, o de una persona que le solicita con el objeto de hablarle sobre negocios para él importantes, consideración que hace subir de punto la justificación de todo el que, impulsado por un motivo cualquiera, tiene a bien hacer que se diga a los que le soliciten en su casa que no se encuentra en ella o que no está de recibo.

11. Por regla general, siempre que se nos diga que la persona que solicitamos en su casa está fuera de ella, nos abstendremos de hacer ninguna inquisición sobre el lugar en que pueda encontrarse; y aún cuando tengamos motivo para sospechar que se ha negado, o la hayamos alcanzado a ver en el interior de la casa, nos retiraremos sin decir una sola palabra sobre el particular, y sin darnos por ofendidos. Y en el caso de que se nos conteste que no está de recibo, guardémonos de dirigirle ningún recado pretendiendo que nos reciba a nosotros, y retirémonos igualmente, sin creernos tampoco por esto en manera alguna ofendidos.

12. Siempre que se nos niegue, o excuse recibirnos, una persona a quien solicitemos para advertirla de un peligro que la amenaza, o para tratar de un asunto cualquiera de urgencia, la discreción y las circunstancias nos indicarán de qué manera debemos conducirnos, si es que nos fuere imposible dejarle una nota en que la impongamos brevemente del objeto de nuestra visita.

13. Jamás solicitemos a una persona en una casa que no sea la suya. Tan sólo podría ser esto excusable en circunstancias enteramente extraordinarias, o en caso de que, existiendo una íntima y reciproca confianza entre la persona que solicitásemos, la familia de la casa en que se encontrase y nosotros mismos, tuviésemos que tratar con aquélla un asunto de alguna importancia.

14. Las señoras deben evitar el hacer visitas de noche a grandes distancias de su domicilio, sobre todo cuando puede existir algún peligro en el tránsito, siempre que no vayan acompañadas por caballeros de su familia, a fin de no poner a los que encuentren en las visitas en el caso de salir a conducirlas hasta su casa.

15. Jamás debe un caballero permitirse visitar diariamente una casa de familia, sino en los casos siguientes:

15.1. Cuando a ello se vea impulsado por circunstancias excepcionales, que puedan merecer una discreta sanción del público.

15.2. Cuando sea pariente muy cercano de la familia que visita.

15.3. Cuando en la casa haya una tertulia establecida y constante, y esto en las horas en que ordinariamente se reúna la sociedad. Siempre que un caballero se permita quebrantar esta prohibición, un padre o una madre de familia estará no sólo en la libertad, sino en el deber de exigirle, por medios indirectos y aún directos, a hacer menos frecuentes su visitas; sin que deba detenerle para ello la respetabilidad y buena conducta del caballero, ni el grado de amistad que entre ellos medie, sea cual fuere.

16. Abstengámonos de visitar a personas que no sean de toda confianza, cuando nos aflija alguna pena intensa, o cuando por cualquiera otro motivo nos sintamos notablemente desagradados. Y evitemos visitar en tales casos aun a nuestros íntimos amigos, siempre que ignoren, y no podamos comunicarles, la causa de nuestra desazón.

17. Está admitido que visitemos a nuestros amigos cuando se encuentran hospedados en una casa donde no tenemos amistad; más la comunicación ocasional en que tales visitas nos ponen con las personas de la casa, no nos deja obligados, ni a ellas ni a nosotros, a darnos por conocidos ni a saludarnos en ninguna otra parte en que nos encontremos.

18. No hagamos ni recibamos visitas de poca confianza cuando por enfermedad u otro accidente cualquiera no podamos guardar estrictamente las reglas del aseo, o presentarnos decentemente vestidos; con excepción de los casos en que nos encontremos en circunstancias extraordinarias, en los cuales nos excusaremos debidamente ante la persona que nos recibe o que recibamos nosotros.

19. No es de buen tono que entremos en una casa donde no tenemos amistad, acompañando a una persona que se dirige a ella con el objeto de hacer una visita que no es de negocios, cuando aquélla no lleva ni puede llevar la intención de presentarnos de una manera especial a los dueños de la casa.

20. Es una impertinente vulgaridad el preguntar individualmente en una visita por las diferentes personas de una familia. Hecha en general la pregunta que exige siempre la cortesía, tan sólo nos es lícito informarnos en particular de la persona que está ausente, de la que acaba de llegar de un viaje, o de aquella que sabemos se encuentra indispuesta.

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