Protocolo Universitario: propósitos y bases para su aplicación

Se entiende por Protocolo Universitario la serie de normas, reglas y procedimientos previamente establecidas de acuerdo a la costumbre...

Universidad de Oriente. Dirección de información y comunicación.

 

Protocolo Universitario. Acto universitario de graducación protocolo.org - FP Pro

Protocolo Universitario.

Se entiende por Protocolo Universitario la serie de normas, reglas y procedimientos previamente establecidas de acuerdo a la costumbre, o por resolución que conlleva a establecer un ceremonial en los actos de carácter académico, cultural, científico, social, etc., en los cuales la Universidad tenga participación, con el fin de mantener la solemnidad y majestuosidad de lo académico en la sociedad.

En este Protocolo se deben distinguir las formas de actuar y organizar el ceremonial cuyo procedimiento esté relacionado directamente con el tipo de acto o evento, es decir, se debe organizar la ceremonia dentro del Protocolo que le corresponda según el propósito.

Propósitos del Protocolo Universitario.

Actos Académicos (de Toga y Birrete):

- Graduaciones de Pregrado y Postgrado;

- Juramentación y Toma de Posesión de las Autoridades Universitarias;

- Doctorado Honoris Causa;

- Profesor Honorario;

- Actos Solemnes: Acto Central Aniversario, Imposición de Medallas, Condecoraciones, Sesión Pública del Consejo Universitario.

Actos Institucionales (sin Toga y Birrete):

- Graduación por Secretaría;

- Apertura de Clases Magistrales;

- Eventos Académicos (Congresos, Seminarios, Conferencias, etc.);

- Programas de Aniversario;

- Entrega de Reconocimientos;

- Juegos Deportivos;

- Culturales, Servicios Religiosos;

- Acuerdos y Convenios, Ofrendas Florales;

- Visitas y Recorridos;

- Recepciones;

- Comidas, Develaciones de Busto;

- Retratos y Placas;

- Actos Gremiales.

Bases para la Aplicación del Protocolo Universitario.

Ejercer el Protocolo, dentro y fuera de la Universidad, consiste en la aplicación de las normas y procedimientos ya definidas y delineadas por ella, debidamente aprobadas por el Consejo Universitario de la Institución, y por las cuales deberán regirse cada uno de sus miembros cuando les toque ser representantes de la institucionalidad universitaria, y ejerzan sus responsabilidades en nombre de la Universidad, ya que deben guardar su jerarquía, su representatividad y precedencia.