39. Precedencia a nivel estatal.

En Colombia está regido por el decreto 770 de 1982 y establece que según su jerarquía, el que está en la cabecera es el poder ejecutivo.

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2.9.3 Precedencia a nivel estatal.

En Colombia está regido por el decreto 770 de 1982 y establece que según su jerarquía, el que está en la cabecera es el poder ejecutivo, siguiéndolo en orden la Iglesia, el estamento militar, el cuerpo diplomático, el poder legislativo y el poder judicial, respectivamente.

La iglesia católica, cuando el carácter del certamen es gubernamental, va en segundo lugar. Y cuando es de carácter religioso siempre va en primer lugar.
Decreto No.770 del 12 de marzo de 1982, "Por medio del cual se expide el reglamento de Protocolo y Ceremonial de la Presidencia de la República", en cuanto a precedencias:

1. Presidente de la República.
2. Cardenal Primado.
3. Ex presidentes de la República.
4. Vicepresidente de la República.
5. Ministro de Relaciones Exteriores (Si hay diplomáticos o personalidades extranjeras).
6. Decano del Cuerpo Diplomático.
7. Embajadores extranjeros (la precedencia es dada por el orden en que los embajadores llegan al país y la fecha de presentación de cartas credenciales).
8. Presidente del Congreso de la República.
9. Presidente de la Corte Suprema de Justicia.
10. Presidente de la Cámara de Representantes.
11. Presidente de la Corte Constitucional.
12. Presidente del Consejo de Estado.
13. Presidente del Consejo Superior de la Judicatura.
14. Presidente del Tribunal Disciplinario.
15. Presidente del Consejo Electoral.
16. Fiscal General de la Nación.
17. Ministros de Estado, en el siguiente orden:

- Interior y de Justicia.
- Relaciones Exteriores.
- Hacienda.
- Defensa Nacional.
- Agricultura.
- Seguridad Social y Salud.
- Desarrollo y Turismo.
- Minas y Energía.
- Educación.
- Comunicaciones.
- Transporte.
- Comercio Exterior.
- Medio Ambiente.
- Cultura..

18. Secretario General de la Presidencia.
19. Embajadores colombianos (si hay personalidades o diplomáticos extranjeros).
20. Comandante General de las Fuerzas Militares.
21. Generales y Almirantes de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional.
22. Procurador General de la Nación.
23. Defensor del Pueblo.
24. Contralor General de la República.
25. Registrador del Estado Civil.
26. Alcalde mayor de Bogotá.
27. Jefe del Departamento Nacional de Planeación.
28. Jefes de departamentos administrativos (por orden de creación):
- Aeronáutica Civil (Aerocivil), Estadística (DANE), Función Pública (DAFP), Cooperativas (Dancoop).
29. Viceministro de Relaciones Exteriores.
30. Mayores Generales y Vicealmirantes.
31. Viceministros (mismo orden que los ministros).
32. Gobernador de Cundinamarca.
33. Gobernadores (Por orden alfabético).
34. Brigadieres generales y contralmirantes.
35. Arzobispos y obispos.
36. Senadores de la República.
37. Representantes a la Cámara.
38. Alcaldes de capitales (Por orden alfabético).
39. Magistrados de la Cortes Suprema de Justicia.
40. Magistrados de la Corte Constitucional.
41. Consejeros de Estado.
42. Magistrados del Consejo Superior de la Judicatura.
43. Magistrados del Tribunal Disciplinario.
44. Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores (si hay diplomáticos extranjeros).
45. Director General de Protocolo del Ministerio de Relaciones Exteriores y Jefe de la Casa Militar de la Presidencia.
46. Coroneles y capitanes de navío.
47. Secretarios de Departamento Administrativo de la Presidencia.
48. Consejeros del Señor Presidente de la República.
49. Encargado de negocios ad ínterin.
50. Tenientes coroneles y capitanes de fragata.
51. Asesores del Señor Presidente de la República.
52. Ministros Consejeros.
53. Secretarios Generales de los Ministerios.
54. Subsecretarios del Ministerio de Relaciones Exteriores.
55. Subdirector de Protocolo del Ministerio de Relaciones Exteriores.
56. Superintendentes (por orden de creación de superintendencias).
57. Gerentes Institutos descentralizados (por orden de creación).
58. Consejeros de embajada o legación.
59. Edecanes del Señor Presidente de la República.
60. Mayores o capitanes de corbeta.
61. Presidente de la Asamblea Departamental.
62. Presidente del Tribunal Superior.
63. Presidente Concejo Municipal.
64. Oficiales subalternos de las Fuerzas Militares.