Protocolo, Símbolos, Honores y Distinciones Universidad León. V.
Reglamento de Protocolo, Símbolos, Honores y Distinciones de la Universidad de León.
Artículo 10.
1. La asistencia oficial a los actos académicos de autoridades no contempladas en las prelaciones que regula este Reglamento será atendida por la Secretaría General, reservando al asistente un lugar acorde con su rango y dignidad.
2. Las autoridades religiosas que asistan oficialmente a los actos académicos dispondrán, asimismo, de una precedencia adecuada a su rango y dignidad.
TÍTULO SEGUNDO. DE LOS SÍMBOLOS.
Capítulo Primero. De los colores correspondientes a las diferentes Titulaciones.
Artículo 11. Colores de las Titulaciones de Licenciatura y Grado.
1. En virtud de la autonomía universitaria de la Universidad de León, de acuerdo con las disposiciones normativas de aplicación, y con respeto a la tradición, los colores correspondientes a las diferentes Titulaciones existentes al momento en la Universidad de León son los siguientes:
- Titulación en Veterinaria: color verde aceituna.
- Titulación en Ciencia y Tecnología de los Alimentos, dependiente de la Facultad de Veterinaria: color rojo burdeos.
- Titulaciones dependientes de la Facultad de Ciencias Biológicas y Ambientales: color azul turquí.
- Titulaciones de la Facultad de Derecho: color rojo púrpura.
- Titulaciones dependientes de la Facultad de Filosofía y Letras: Geografía, Historia, Historia del Arte, Filología Inglesa, Filología Hispánica, Lingüística, Geografía y Ordenación del Territorio, Filología Moderna: Inglés, y Lengua Española y su Literatura: color azul celeste.
- Titulaciones en Biblioteconomía y Documentación, así como en Información y Documentación, dependientes de la Facultad de Filosofía y Letras: color verde esmeralda.
- Titulaciones de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales: color anaranjado claro.
- Titulaciones de la Escuela Superior y Técnica de Ingeniería Agraria: color marrón.
- Titulaciones de la Facultad de Educación: color azul celeste.
- Titulaciones de la Escuela de Ingenierías Industrial e Informática: color marrón.
- Titulación en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte: color verde claro brillante.
- Titulaciones de la Facultad de Ciencias del Trabajo: color verde azulado oscuro.
- Titulaciones de la Escuela Superior y Técnica de Ingenieros de Minas: color marrón.
- Titulación en Enfermería, dependiente de la Escuela Universitaria de Ciencias de la Salud: color gris perla.
- Titulación en Fisioterapia, dependiente de la Escuela Universitaria de Ciencias de la Salud: color verde azulado claro (perla o marisma).
2. Para aquellas nuevas Titulaciones universitarias que tradicionalmente no tengan asignado color, el Consejo de Gobierno, a propuesta del Centro concernido y previo acuerdo adoptado en su Junta, podrá asignarles los mismos u otros colores que tienen otras Titulaciones anteriores dependientes de la misma Facultad o Escuela.
Artículo 12. Colores de las Titulaciones de Másteres Universitarios.
Para las Titulaciones en Másteres Oficiales, el Consejo de Gobierno, a propuesta del Centro o Departamento concernido y previo acuerdo adoptado en su Junta o Consejo, podrá asignarles un color acorde con lo establecido para las Ramas de Conocimiento o en consonancia con los tradicionalmente admitidos en la Universidad española.
Capítulo Segundo. Del Escudo, el Sello y las Marcas, Logotipos y Anagramas de la Universidad de León.
Artículo 13.
1. Conforme a lo dispuesto en el Estatuto de la Universidad de León, el Escudo de la Universidad de León se ajusta a la siguiente descripción y grafismo: escudo español timbrado de Corona Real, en campo de plata un león rampante de púrpura, uñado y coronado de oro; jefe estrecho de gules con la inscripción "Universitas Legionensis" en capitales de oro, y a la siniestra la Cruz de la Victoria en su color, tal y como se recoge en el Anexo I de este Reglamento.
2. Según lo dispuesto en el Manual de Identidad Corporativa, para ajustar el Escudo a la nueva imagen, en los casos en que el Escudo aparezca solo, no acompañado de la nueva imagen, se sustituirá la tipografía tradicional (en Frutiger) por el nuevo logotipo (en Trebuchet) en negro, y alineado con la parte del Escudo situada debajo de la corona. Su tamaño conjunto no será inferior a 15 mm de altura para evitar pérdidas de información y claridad.
3. No obstante lo anterior, la Medalla vidriera, diseñada por el artista García Zurdo, puede ser utilizada sólo en las aplicaciones para las que fue registrada, tal como se especifica en el Manual de Identidad Corporativa, no debiendo aparecer en soportes impresos o digitales, salvo expresa autorización del órgano competente.
Artículo 14.
El Sello de la Universidad de León reproduce su Escudo, cualquiera que sea la modalidad de plasmación del mismo (en tinta, marcado en seco, en lacre, etc.), de acuerdo con lo especificado en el Manual de Identidad Corporativa de la Universidad de León.
Artículo 15.
Los órganos de gobierno y representación de la Universidad de León deberán hacer uso del Escudo y Sello en las actividades oficiales que por su naturaleza lo requieran. Asimismo, podrán ser utilizados por los miembros de la comunidad universitaria en las actividades académicas oficiales.
Artículo 16.
1. En cuanto al uso de Marcas, Logotipos y Anagramas, se estará a lo dispuesto en el Manual de Identidad Corporativa de la Universidad de León.
2. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 11 del presente Reglamento, podrá invertirse la disposición de los colores del emblema de la Universidad de León, de acuerdo con las disposiciones contenidas en el Manual de Identidad Corporativa de la Universidad de León.
Artículo 17.
En lo relativo a la impresión y uso del Escudo de la Universidad de León por Centros, Departamentos, Institutos y otros Servicios, así como en lo que afecta al uso de Logotipos propios de los mismos, se estará a lo dispuesto en el Manual de Identidad Corporativa.
Capítulo Tercero. De la Bandera de la Universidad de León.
Artículo 18.
1. Conforme a lo dispuesto en el Estatuto de la Universidad de León, la Bandera de la Universidad es: Bandera española de color verde claro, con el Escudo de la Universidad de León en su centro geométrico, tal y como se recoge en el Anexo I de este Reglamento.
2. El uso de la Bandera de la Universidad de León será conforme a la legislación vigente, estatal y autonómica, reguladora del uso de la Bandera de España y de otras Banderas y Enseñas.
Artículo 19.
1. La Bandera de la Universidad de León se utilizará junto a la Bandera de España, la Bandera de Castilla y León y, en su caso, la Bandera de la Unión Europea, de acuerdo con la siguiente prelación:
a) La Bandera de España ocupará un lugar destacado y de honor, entendiendo como tal el lugar central si el número de banderas es impar, o el lugar derecho (izquierdo para el observador) de las dos posiciones que ocupan el centro si el número de banderas es par.
b) Seguirán en prelación la Bandera de Castilla y León y la Bandera de la Universidad de León, situándose, respectivamente, a derecha e izquierda de la Bandera de España (izquierda y derecha, respectivamente, para el observador).
c) Cuando se utilice la Bandera de la Unión Europea, ésta se situará en el siguiente grado de prelación a las restantes, según lo establecido en la letra anterior.
2. Podrá autorizarse el empleo de Banderas propias de las entidades locales, en atención a la naturaleza jurídica de la Universidad y a su ámbito competencial, en los actos académicos y en los edificios y dependencias universitarias.
Protocolo, Símbolos, Honores y Distinciones Universidad León.
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