Carta. Devolución de una letra no aceptada. Contestación a la carta remesa de giros.

Cartas comerciales. Aviso de recepción de dos letras de cambio. Una ha sido aceptada por el banco y la otra no.

Manual de correspondencia.

 

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Cartas comerciales.

Devolución de una letra no aceptada. Contestación a la carta remesa de giros.

Buenos Aires, 20 de febrero de 19__.

Messrs. Newberry Bros.,
145 Charles St.,
Baltimore, Md., U. S. A.

Muy Sres. nuestros:

Recibimos a su debido tiempo (1) la grata de Vds. fecha 9 del ppdo., (2) conteniendo los dos giros Núm. 243, por $2.000, y Núm. 576, por $1.200, anotados al pie de la misma.

Cúmplenos manifestarles (3) que la primera de dichas L/, (4) a c/o de los Sres. Garriga Hnos., ha sido ya aceptada; mas no así la segunda, a c/o de Juan Suárez. Al negarse a la aceptación, (5) el girado se funda en que (6) ni ha recibido aviso de giro, ni factura.

Por lo tanto, incluimos la referida L/ junto con el protesto y la minuta de gastos, por la cantidad de $5.00, que les cargamos en cuenta.

En espera de sus órdenes, (7) quedamos

Attos. y afmos.,

Banco Nacional

Notas:

(1) a su debido tiempo: at its due time; i.e., in due time.

(2) la grata de Vds. fecha 9 del ppdo.: your favor date 9 of the past month; i.e., your favor of the 9th ult.

(3) Cúmplenos manifestarles: it falls to us to inform you; i.e., we have to inform you. For the position of the pronoun, see letter "Temporada de descanso", note (3).

(4) L/ is used as an abbreviation both for "letra" and for "letras".

(5) Al negarse a la aceptación: in refusing himself to the acceptance; i.e., in refusing to accept the draft.

(6) se funada en que: justifies himself by (the fact) that.

(7) Notice that "órdenes" here means commands, not commercial orders.