Ceremonial de los Príncipes de Iturbide

La familia Iturbide, de origen español, fue reinante en México entre el 18 de mayo de 1822 y el 19 de marzo de 1823. Sus orígenes se remontan al Reino de Navarra

Reglamento para los servicios de honor y ceremonial de la corte.

 

Casa Iturbide. Agustín de Iturbide cadaimperial.org

Los Príncipes de Iturbide y el ceremonial en la Corte

El ceremonial en la Corte de los Príncipes de Iturbide, cuyo orígenes se remontan al Reino de Navarra.

1. Los Príncipes de Iturbide ocupan en la Corte, el rango después de los Príncipes Imperiales, de los Cardenales y de los Collares del Aguila Mexicana.

2. Tienen el tratamiento de Alteza, y tanto éste, como la Dignidad de Príncipes, son vitalicios.

3. Recibirán el tratamiento indicado, de palabra y por escrito. Las cartas se encabezarán con "Alteza", en el cuerpo de ellas se pondrá "S.A." -Su Alteza- y se rotularán "A S.A. el Príncipe de Iturbide".

4. Se les hace visitas y se les lleva tarjetas.

5. Harán la primera visita a los Embajadores extranjeros y a sus señoras, porque estos toman rango antes que ellos en la Corte.

6. No tendrán obligación de devolver visitas oficiales sino a los Cardenales, a los Collares del Aguila Mexicana, a los Embajadores y a los Ministros extranjeros y a las esposas de éstos. Sin embargo, la cortesía les permite visitar a las personas que gusten.

7. Son invitados a la Corte, por medio de una esquela de los Emperadores, o por convite escrito del Gran Mariscal de la Corte o del Gran Maestro de Ceremonias, según lo exijan las circunstancias: uno de los Secretarios de las Ceremonias les entregará personalmente estos convites.

8. El luto de Corte o el aviso de cualquiera ceremonia o fiesta a que tengan que concurrir, les serán comunicados por medio de una carta del Gran Maestro de Ceremonias, que uno de los Secretarios de las Ceremonias les entregará en persona.

9. En los días de ceremonia, esperarán la salida de los Emperadores en un salón a propósito.

10. Cuando los Emperadores estén en el trono, se colocarán de pié, en el primer escalón del estrado, a la izquierda de la Emperatriz.

11. En la Iglesia, ocuparán el primer banco, después de los Príncipes Imperiales, de los Cardenales y de los Collares del Aguila Mexicana. El banco estará cubierto de terciopelo. No se les presenta el agua bendita.

12. Durante los círculos de la Corte, se pondrán en el lugar que les corresponda, según la ley de Precedencias.

13. El escudo de armas de los Príncipes de Iturbide, es el que determina el decreto del Emperador, de 16 de Setiembre de 1865.

14. Tienen derecho de hacer usar a su servidumbre la escarapela nacional sin flama, llevando en el centro, un botón con la corona de príncipe.