Real Decreto 1887/2011, estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales V

La Secretaría de Estado de Relaciones con las Cortes, de la que depende la Dirección General de Relaciones con las Cortes

 

Departamentos Ministeriales. Estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. Congreso de los Dipuados protocolo.org

Estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales

Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre

   C) La Secretaría General de Agricultura y Alimentación de la que dependen los siguientes órganos directivos:

    1.º La Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios.

    2.º La Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria.

    3.º La Dirección General de la Industria Alimentaria.

    4.º La Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal.

   D) La Secretaría General de Pesca de la que dependen los siguientes órganos directivos:

    1.º La Dirección General de Ordenación Pesquera.

    2º. La Dirección General de Recursos Pesqueros y Acuicultura.

   2. Quedan suprimidos los siguientes órganos directivos:

    a) La Secretaría General de Medio Rural.

    b) La Secretaría General del Mar.

    c) La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.

    d) La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal.

    e) La Dirección General de Recursos Agrícolas y Ganaderos.

    f) La Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural.

    g) La Dirección General de Industrias y Mercados Alimentarios.

Artículo 11. Ministerio de la Presidencia

   1. El Ministerio de la Presidencia se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:

    A) La Secretaría de Estado de Relaciones con las Cortes, de la que depende la Dirección General de Relaciones con las Cortes.

    B) La Secretaría de Estado de Comunicación, de la que depende la Dirección General de Comunicación.

    C) La Subsecretaría de la Presidencia, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

   1. Secretaría General Técnica-Secretariado del Gobierno, con rango de Dirección General.

   2. La Dirección General de Relación con las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas.

    D) La Oficina para la ejecución de la reforma de la Administración.

   2. Quedan suprimidos los siguientes órganos directivos:

    a) La Dirección General de Coordinación Jurídica.

    b) La Dirección General de Coordinación Informativa.

    c) La Dirección General de Información Nacional.

    d) La Dirección General de Información Internacional.

    e) La Dirección General de Recursos Humanos, Servicios e Infraestructura.

Artículo 12. Ministerio de Economía y Competitividad

   1. El Ministerio de Economía y Competitividad se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:

    A) La Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

      1.º La Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, con rango de Subsecretaría, de la que a su vez depende la Dirección General del Tesoro.

      2.º La Dirección General de Política Económica.

      3.º La Dirección General de Análisis Macroeconómico y Economía Internacional.

      4.º La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

    B) La Secretaría de Estado de Comercio, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

      1.º La Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones.

      2.º La Dirección General de Comercio Interior, que asume las competencias que en materia de comercio interior tenía atribuidas la Secretaría General de Turismo y Comercio Interior.

    C) La Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, de la que depende la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación, con rango de subsecretaría, de la que a su vez dependen:

      1.º La Dirección General de Investigación Científica y Técnica.

      2.º La Dirección General de Innovación y Competitividad.

    D) La Subsecretaría de Economía y Competitividad, de la que depende la Secretaría General Técnica.

2. Quedan suprimidos los siguientes órganos directivos:

    a) La Secretaría General de Política Económica y Economía Internacional, cuyas competencias asume la Dirección General de Política Económica, con excepción de las correspondientes a la Dirección General de Análisis Macroeconómico y Economía Internacional.

     b) La Dirección General del Tesoro y Política Financiera, cuyas competencias asume la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera.

    c) La Dirección General de Financiación Internacional, cuyas competencias asume la Dirección General de Análisis Macroeconómico y Economía Internacional, excepto las correspondientes a la coordinación de la política de España ante el Fondo Monetario Internacional y el Banco Europeo de Inversiones que asume la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera.

    d) La Dirección General de Cooperación Internacional y Relaciones Institucionales, cuyas competencias serán asumidas por la Secretaría General de Innovación y por la Dirección General de Investigación y Gestión del Plan Nacional de I+D+i.

e) La Secretaría General Técnica del Ministerio de Ciencia e Innovación.

Artículo 13. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

   1. El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:

    A) La Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

      1.° La Delegación del Gobierno para la Violencia de Género, con rango de Dirección General.

      2.° La Dirección General de Servicios para la Familia y la Infancia.

      3.° La Dirección General de Políticas de Apoyo a la Discapacidad.

      4.° La Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, con rango de Dirección General

    B) La Subsecretaría de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, de la que depende la Secretaría General Técnica.

    C) La Secretaría General de Sanidad y Consumo, con rango de Subsecretaría, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

      1.º La Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación.

      2.º La Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia.

      3.º La Dirección General de Ordenación Profesional.

   2. Quedan suprimidos los siguientes órganos directivos:

    a) La Dirección General por la Igualdad en el Empleo y contra la Discriminación.

    b) La Dirección General de Ordenación Profesional, Cohesión del Sistema Nacional de salud y Alta Inspección.

    c) La Secretaria General de Política Social y Consumo.

    d) La Dirección General de Consumo.

    e) La Dirección General de Política Social, de las Familias y de la Infancia.

    f) La Dirección General de Coordinación de Políticas Sectoriales sobre la Discapacidad.

    g) La Secretaría General Técnica del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad.

    h) La Dirección General de Salud Pública y Sanidad Exterior.

    i) La Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios.

    j) La Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud, con rango de dirección general.