Decreto 0791, junio 29 de 1990. Exaltación y difusión del Himno de Santiago de Cali.

Municipio de Santiago de Cali. Decreto 0791, junio 29 de 1990. Exaltación y difusión del Himno de Santiago de Cali.

Manual de Protocolo de Santiago de Cali, Colombia.

 

Imagen Genérica Protocolo y Etiqueta protocolo.org

"Por el cual se convoca a la ciudadanía a la exaltación y difusión del Himno de Santiago de Cali y se toman medidas para fomentar su conocimiento e interpretación"

El Alcalde de Santiago de Cali, en uso de sus facultades legales y,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Municipal de Santiago de Cali está empeñado en una campaña orientada al culto de nuestras tradiciones y reencuentro de nuestro propio ser histórico y social, que debe comenzar por el amor a la tierra y la devoción y exaltación de sus símbolos.

Que la ciudad de Santiago de Cali dispone de un himno cuya letra se debe al insigne poeta fallecido Helcías Martán Góngora, nacido en la Costa Pacífica, pero quien tuvo a Cali por su Patria Adoptiva.

Que la música del Himno de Santiago de Cali es obra del maestro Santiago Velasco Llanos, uno de los más insignes compositores de música culta en nuestra región.

Que el Himno es un canto épico inspirado en las glorias de la ciudad, al tiempo que en su texto literario define los valores de nuestra identidad como pueblo, la vocación histórica de sus habitantes, la fortaleza con que han asumido su destino y sus contribuciones a la causa de la Independencia y al destino de la libertad y de la paz.

Que es indispensable retomar el espíritu de sus estrofas, en su dimensión vital y humana, como el trasunto fiel de la grandeza de su pasado y como la incitante convocatoria para hacerlo aún más digno y pleno en el porvenir, en un ejercicio cívico que fortalezca la fe colectiva y la confianza en la capacidad creadora de sus propios valores.

Que es deber de las autoridades del municipio propender por un grado de cultura que permita revitalizar el amor a la ciudad a través del culto a sus símbolos, como presupuesto esencial en la formación de la conciencia ciudadana.

DECRETA:

Artículo primero:

Todos los actos organizados por la Alcaldía, Secretarías del Despacho y Organismos Descentralizados de carácter municipal, se iniciarán o clausurarán con la audición o entonación del Himno de Santiago de Cali.

Artículo segundo:

En todas las escuelas y colegios públicos del Municipio deberá enseñarse a los alumnos la letra y la música del Himno de Santiago de Cali.

Artículo tercero:

Ordénase la ejecución del Himno a Santiago de Cali en las escuelas y colegios públicos de la ciudad en el momento de la iniciación de las tareas escolares y durante la celebración de los actos públicos institucionales.

Artículo cuarto:

Todos los espectáculos públicos de carácter masivo que se celebren en escenarios dentro del Municipio de Cali deben iniciarse o clausurarse con la audición o entonación del Himno de Santiago de Cali.

Artículo quinto:

La Administración Municipal promoverá entre las emisoras de radiodifusión y televisión ubicadas en el Municipio de Cali la difusión frecuente del Himno de Santiago de Cali.

Artículo sexto:

La Administración Municipal hará ediciones con la letra del Himno de Santiago de Cali, para ser repartidas en escuelas, colegios y sitios en donde según lo dispuesto en este Decreto debe entonarse el Himno de Santiago de Cali.

(Fdo. Germán Villegas Villegas, Alcalde.)