Prendas civiles de etiqueta. Protocolo Náutico. Sus complementos

El uso de las prendas civiles de etiqueta en el protocolo náutico

 

Prendas de etiqueta. Pajarita. Protocolo deportivo. Prendas de etiqueta para actos y eventos diversos foto base Wojtek Mich - Unsplash

Protocolo deportivo. Prendas de etiqueta para actos y eventos diversos

Prendas civiles utilizadas dentro del ámbito del protocolo náutico. El uso de condecoraciones y otras recompensas.:

a) Smoking: No se puede usar absolutamente nada.

b) Chaqué: Una sola y única medalla miniatura en el ojal de la solapa derecha.

Los caballeros de las Ordenas Militares (Santiago, Calatrava, Alcántara, Montesa, Santo Sepulcro y Malta) pueden usar bordado en el lado izquierdo del pecho y a media altura el emblema respectivo.

c) Frac: Condecoraciones miniatura en la solapa izquierda en recto, debajo del ojal. Placas en el lado izquierdo del pecho. Bandas desde el hombro derecho cruzadas bajo el chaleco.

Encomiendas o corbatines debajo del lazo.

Consejos fundamentales para comprender de una forma sencilla los elementos más importantes de las prendas civiles de etiqueta y su uso:

1º. La gorra es un elemento indisoluble con el uniforme excepto con las Chupas de verano e invierno.

2º. Jamás se debe utilizar la gorra en recintos cerrados o cubiertos, incluidos patios de recintos cerrados.

3º. Nunca se debe usar ni un solo distintivo con un smoking.

4º. Tampoco se debe utilizar ningún distintivo con un BLAZER, excepto el escudo bordado de la R.A.E.C.Y. -Real Asamblea Española de Capitanes de Yate-.

5º. En todos los actos de especial relevancia que requieran gala o etiqueta se han de usar guantes blancos excepto en los entierros o funerales o situaciones de luto en general, en que se utilizan negros.

6º. Los uniformes de Capitán de Yate no admiten ni en las bocamangas ni en las palas la adición de otros procedentes de la Armada o la Marina Mercante o cualquier otro de otra naturaleza.

Si queremos conocer de una forma exacta la orden que regula los uniformes y los distintivos del Capitán de Yate, podemos remitirle a la Orden Ministerial de Noviembre de 1982, publicada en el B.O.E. y que recogemos en uno de nuestros artículos del tema "Protocolo Náutico".