Protocolo Olímpico. Invitaciones. Tarjeta de identidad y acreditación olímpica

La base fundamental de todo el esquema organizativo y de protocolo es la Carta Olímpica

 

Protocolo Olimpíco. Aros olímpicos con deportes foto bae Gellinger - Pixabay

Olimpiadas y su protocolo: las invitaciones, acreditaciones y la tarjeta de identidad

Si hay un evento deportivo por excelencia, este es la celebración de unos juegos olímpicos, es decir, las olimpiadas. Y para guiarnos de forma correcta tenemos un documento de gran valor y base fundamental de todo el esquema organizativo y de protocolo: es la Carta Olímpica. En ella el Comité Olímpico Internacional (C.O.I.) establece las bases reguladoras y normativas para este tipo de eventos. Podemos decir que es el documento de referencia en el que se deben basar los organizadores de los juegos y sus equipos de trabajo. En la Carta Olímpica se reflejan aspectos que contemplan desde la entrega de medallas y diplomas olímpicos hasta el envío de invitaciones pasando por las regulaciones sobre la bandera olímpica y la antorcha olímpica.

Para un mayor conocimiento general del protocolo olímpico, vamos exponer íntegramente el texto de la carta olímpica en el que podemos encontrar la mayor parte de los aspectos que detalle este documento tan importante.

Resumidamente podemos dar algunas de las características que son más importantes y sobresalientes desde el punto de vista del protocolo:

Protocolo y etiqueta para una olimpiada

Las invitaciones para los actos

Las invitaciones para participar en los Juegos Olímpicos deben ser enviadas por el COI un año antes de la ceremonia de apertura. Se enviarán a todos los CON reconocidos.

1. Las invitaciones para participar en los Juegos Olímpicos se redactarán en los siguientes términos:

- "El Comité Olímpico Internacional tiene el honor de invitarle a participar en los Juegos de la ....Olimpiada (o en los.... Juegos Olímpicos de Invierno) que se celebrarán en ..del.....al...".

2. Todas las invitaciones serán enviadas simultáneamente por correo certificado y por avión o mediante un servicio de mensajeros especiales. Los C.O.N. -Comité Olímpico Nacional- responderán por escrito a la invitación. Las respuestas deben ser recibidas por el COI dentro de un plazo de cuatro meses a partir del envío de la invitación.

3. La recepción de cada invitación para participar en los Juegos Olímpicos deberá ser confirmada por escrito al C.O.I. por el C.O.N. en el momento en que se produzca.

4. Como máximo dos meses antes de la ceremonia de apertura de los Juegos Olímpicos, cada C.O.N. comunicará por escrito al C.O.J.O. el número aproximado de los miembros de su delegación.

Tarjeta de identidad y acreditación olímpica

1. La tarjeta de identidad y acreditación olímpica es un documento que confiere a su titular el derecho a participar en los Juegos Olímpicos.

2. La tarjeta de identidad y acreditación olímpica establece la identidad de su titular y, juntamente con el pasaporte u otro documento oficial de viaje, constituye el documento que permite al titular franquear la frontera del país de la ciudad organizadora de los Juegos Olímpicos. Le permitirá además permanecer en ese país y ejercer allí su función olímpica a lo largo de toda la duración de los Juegos Olímpicos y por un período no superior al que comienza un mes antes y expira un mes después de los Juegos Olímpicos.

3. La tarjeta de identidad y acreditación olímpica será expedida por el C.O.I. a las personas destinadas a ser acreditadas. La Comisión ejecutiva del C.O.I. podrá delegar total o parcialmente esta competencia al C.O.J.O. que, en este caso, deberá expedir la tarjeta de identidad olímpica a todas las personas designadas por el C.O.I.

4. Las informaciones relativas a la tarjeta de identidad olímpica, incluyendo características, procedimientos y plazos, figuran en la "Guía de inscripción para las competiciones deportivas y para la acreditación", establecida por la Comisión ejecutiva del C.O.I.

Derechos inherentes a la tarjeta de identidad y acreditación olímpica

La tarjeta de identidad y acreditación confiere, en el grado necesario en cada caso y tal como en ella se indica, acceso a las instalaciones y a las manifestaciones que el C.O.I. haya puesto bajo la responsabilidad del C.O.J.O. El C.O.I. determinará las personas que tengan derecho a ella y fijará las condiciones para su concesión y las modalidades de expedición. El C.O.J.O. será el encargado de proporcionársela a quienes tengan el derecho a la misma.

Protocolo olímpico: reglas de protocolo