El protocolo militar adaptado a las exigencias de la sociedad. II

Las Fuerzas Armadas sufrieron un proceso de modernización desde la muerte de Franco hasta finales del siglo XX que han hecho del estamento militar una de las instituciones más modernas de la sociedad

 

Protocolo militar. El protocolo militar adaptado a las exigencias de la sociedad. Entrega de Reales Despachos de Empleo en la Academia General Militar foto base Casa de S.M. el Rey

Gestión de eventos en las Fuerzas Armadas. Protocolo militar

El protocolo militar adaptado a las exigencias de la sociedad

Así, la Dirección de Protocolo del Ministerio de Defensa se encarga de dirigir, coordinar y ejecutar todo lo referente a:

- Gestión de espacios:

Gradas para más de 6.000 personas.

Aparcamientos.

Zonas de acceso.

Planes de evacuación y emergencia.

Zonas de seguridad.

Zonas para la ejecución de los actos.

Zonas para discapacitados (novedad en 2005).

- Diseño, ornamentación y decoración (imagen institucional, por cierto, nueva en 2005).

- Gestión de invitados.

- Control de accesos.

- Montaje y diseño del Centro de Coordinación y Control.

- Gestión protocolaria.

Lo demás, es decir, la ejecución del acto en sí (homenajes y desfile) corresponde a los Ejércitos.

El acto, muy brevemente, consiste en lo siguiente:

- Recepción de autoridades.

- Recepción de la Familia Real y Honores a Su Majestad el Rey.

- Revista por el Rey a un Batallón de Honores de la Guardia Real.

- Saludo a autoridades.

- Homenaje a la Bandera.

- Homenaje a los que dieron su vida por España.

- Desfile aéreo y terrestre.

- Arriado de Bandera.

- Despedida de la Familia Real y de las demás autoridades.

Sin embargo, el Día de las Fuerzas Armadas, como ya he apuntado, se traslada cada año de escenario, buscando un punto de España en donde los Ejércitos tengan el calor de la sociedad a la que sirven y que constituye su esencia y objetivo final.

Con este motivo, durante una semana, en la ciudad elegida, siempre con una buena acogida por parte de la autoridad local, se realizan una serie de conmemoraciones y representaciones artísticas y culturales: conferencias, exposiciones, conciertos, jornadas de puertas abiertas, exposiciones de material militar, etc., todo ello culminado con una parad militar de menor nivel que la anterior, que también suele reunir a un gran número de espectadores en directo y de telespectadores, cuando conseguimos que se retransmita.

Pero todo ello siempre, permítanme que lo repita, teniendo en cuenta a la sociedad de la que formamos parte.

Este año, en concreto, se ha celebrado en la ciudad de A Coruña, y en toda España con un ciclo de conferencias llamado "Doce miradas sobre España", y con exposiciones de carácter cultural y social, así como de material militar, jornadas de puertas abiertas, bautismos de mar, conciertos y un largo etcétera.

Honores militares

Otro aspecto para el que se nos ordena estar a disposición de la sociedad es el de la rendición de honores, en mi modesta opinión, mal llamados militares.

Así, en el 11 de abril de 1984, se promulgó el Real Decreto 834/1984 por el que se aprobaba el Reglamento de honores militares. Este reglamento, que recogía (recoge) la tradición de los precedentes, ordena en su artículo 1º lo siguiente:

"Las Fuerzas Armadas, representando a la Nación y en nombre de los poderes del Estado, serán las encargadas de rendir los honores de Ordenanza en los actos o ceremonias oficiales"

Por tanto, en cumplimiento de la legalidad vigente, cuando se celebre un acto oficial en el que se decida que la autoridad que lo presida debe recibir honores, serán los Ejércitos los encargados de dicha rendición.

¿A qué autoridades nos referimos? Ese mismo artículo indica claramente quiénes son objeto de honores en un acto oficial. Se rendirán honores a:

- La Bandera de España.

- Su Majestad el Rey y a Su Majestad La Reina -Su Alteza Real el Príncipe de Asturias.

- Sus Altezas Reales los Infantes de España.

- Los Poderes del Estado definidos por la Constitución en las personas que los representan.

- Las autoridades civiles y mandos militares que se determinan en este reglamento.

- Las autoridades extranjeras de rango equivalente.

- Las autoridades civiles a las que se rinden honores son:

Nacionales:

1. Presidente del Gobierno.

2. Presidentes del Congreso y del Senado.

3. Presidente del Tribunal Constitucional.

4. Presidente del Consejo General del Poder Judicial.

5. Vicepresidentes del Gobierno.

6. Ministros del Gobierno.

7. Jefes de Representación Diplomática y cónsules en el extranjero.

Extranjeras:

1. Jefes de Estado y de Gobierno.

2. Ministros de Defensa.

3. Jefes de Representación Diplomática acreditados en España.

Además, el Artículo 2 define que al Santísimo Sacramento se le tributarán los honores especiales previstos en este Reglamento.

España es un a nación aconfesional pero de una honda raíz católica que conserva entre sus tradiciones la rendición de honores al Santísimo Sacramento.

Honras fúnebres y exequias

Retornando al Reglamento de honores militares, ya comentado, también nos encomienda rendir honras fúnebres a una serie de autoridades y mandos militares.

De entre ellas, cabe destacar, por supuesto, las debidas a los miembros de la Familia Real, a los presidentes de los poderes, Legislativo, Ejecutivo y Judicial, a los ministros del Gobierno, etc.

Estas Autoridades, en resumen, son:

- Su Majestad. el Rey.

- Su Majestad la Reina.

- Su Alteza Real el Príncipe de Asturias.

- Sus Altezas Reales los Infantes de España.

- Presidente del Gobierno.

- Presidentes del Congreso de los Diputados y del Senado.

- Presidente del Tribunal Constitucional.

- Presidente del Consejo General del Poder Judicial.

- Vicepresidentes del Gobierno.

- Ministro de Defensa.