Tratamientos. Reales, eclesiásticos y militares.

Los tratamientos tienen carácter honorífico y van unidos al rango del beneficiario, o a título personal, y pueden ser temporales o permanentes (es decir, con carácter vitalicio).

 

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LOS TRATAMIENTOS.

La historia, los usos y las tradiciones indican la variedad de tratamientos con que se ha distinguido a personas e instituciones a lo largo de los siglos, en todo el mundo.

Los tratamientos tienen carácter honorífico y van unidos al rango del beneficiario, o a título personal, y pueden ser temporales o permanentes (es decir, con carácter vitalicio). Quien los recibe puede ser una persona física (un embajador o secretario de Estado) o un colectivo impersonal o institucional (un ayuntamiento).

A su vez, el beneficiario a título personal puede serlo por distintas razones: por el cargo que ocupa (alcalde) o por otros méritos (condecoración, grado académico, título nobiliario, etc.). Los siguientes son ejemplos de tratamientos españoles previstos por el protocolista Felio Vilarrubias:

Señor Don.

El más utilizado sin lugar a dudas es el tratamiento de Señor Don, dado a la mayoría de las personas como nosotros. Pero existe un uso erróneo y muy extendido de estos dos elementos por separado: utilizar el señor con el nombre de pila o el Don con el apellido. Así, señor Carlos o Don Rodríguez no suena bien. Debe utilizarse siempre el señor con el apellido y el Don con el nombre de pila, o la fórmula completa Señor Don con el nombre completo de la persona de que se trate.

Tratamientos reales.

1. Majestad, Su Majestad o Señor/a. Su abreviatura es S. M.

2. Su Alteza Real: príncipes, infantas de España y cualquier persona a la que el rey conceda este tratamiento. Por regla general, gozan de este tratamiento la familia de los reyes (tíos/as, primos/as, sobrinos/as, y en general todos los familiares de primer, segundo y tercer grados, aunque ésta no es una norma y puede haber excepciones). Su abreviatura es S. A. R.

Tratamientos eclesiásticos.

1. El Papa: Su Santidad, Santísimo Padre, Beatísimo Padre, Sumo Pontífice o Padre Santo, entre otros. Está permitido que estos tratamientos se usen para el Dalai Lama.

2. Cardenales: Eminencia o Eminencia Reverendísima.

3. Arzobispos: Excelentísimos o Reverendísimos Señores, o Excelencia Reverendísima. También se aplica al decano del Tribunal de la Rota, nuncios e internuncios apostólicos.

4. Obispos: Ilustrísimos Señores o Ilustrísima Reverendísima. También se otorga este tratamiento a los abades mitrados, y auditores, fiscales y defensores del nuncio.

5. Canónigos: Muy Ilustre Señor o Señoría. También se aplica a los vicarios de las diócesis.

6. Nuncios: Monseñor. También se utiliza con los delegados pontificios.

7. Párrocos y otras dignidades eclesiásticas, monásticas o cargos superiores de las religiones: se les da el tratamiento de Reverendos.

8. Priores: Ilustrísimo, así como a los vicarios generales castrenses.

9. Abades: Reverendo Padre. También se aplica a los padres de las distintas órdenes monásticas.

10. Abadesas: Reverenda Madre o también, en ciertos conventos, madre superiora.

11. Sacerdotes y monjas: Padre y Hermana, respectivamente. En determinadas congregaciones, en función de los votos hechos, pueden ser hermanos en vez de padres. Para las monjas existe asimismo el tratamiento de Sor.

Tratamientos militares.

1. Excelentísimo Señor: capitanes generales, tenientes generales y almirantes generales de división y vicealmirantes, generales de brigada y contraalmirantes. General de los Ejércitos.

2. Ilustrísimo Señor: coroneles y capitanes de navío, coronel y capitán de fragatas.

3. Señor: comandante y capitán de corbeta, capitán y teniente de navío, teniente y alférez de navío y alférez de fragata, así como el resto de las graduaciones desde suboficial mayor hasta soldado o marinero.

Es curioso el trato que recibe este estamento militar, en el que se utiliza "mi..." antes del cargo para referirse a ellos: mi General, mi Coronel... Y aún más curioso es que las señoras deben eliminarlo y utilizar solamente el cargo. Es notorio que el mi sólo es obligatorio para militares.