Del modo de conducirnos en sociedad. De las visitas. De las diferentes especies de visitas.

Las visitas son importantes para mantener un vínculo armonioso con el resto de la sociedad.

Manual de Buenas Costumbres y Modales. 1.852

 

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Manual de Buenas Costumbres y Modales. Urbanidad y Buenas Maneras.

1. Las diferentes especies de visitas pueden reducirse a las siguientes: visitas de negocios, de presentación, de ceremonia, de ofrecimiento, de felicitación, de sentimiento, de duelo, de pésame, de despedida, de agradecimiento y de amistad.

2. Son visitas de negocios, todas las que se hacen con el exclusivo objeto de tratar sobre un negocio cualquiera, sin que sea necesario que medie ninguna amistad entre el visitante y el visitado.

3. Son visitas de presentación, las que hacemos con el objeto de ser introducidos al conocimiento y amistad de otras personas.

4. Las visitas de ceremonia son actos de rigurosa etiqueta, que tienen generalmente por objeto cumplimentar a personas de carácter público en muchos y variados casos, de los cuales pueden citarse los siguientes como ejemplos:

4.1. Visitas al encargado del poder supremo del Estado, por los altos funcionarios civiles, militares y eclesiásticos, por los miembros del cuerpo diplomático y por personas particulares de elevado carácter, en su advenimiento al mando y en los días de grandes fiestas nacionales.

4.2. A los obispos y demás prelados, por el clero y los empleados eclesiásticos, por los altos funcionarios públicos y por personas particulares de elevado carácter, en su exaltación a la dignidad de que son investidos, en la inauguración o muerte de un Pontífice, y en cualquiera otra ocasión en que ocurra un grande acontecimiento próspero o adverso para la Iglesia.

4.3. A los jefes de oficinas públicas, por los empleados de su inmediata dependencia y por los jefes de otras oficinas al entrar aquellos en el ejercicio de sus funciones.

4.4. A la primera autoridad civil de todo lugar en que no reside el Jefe del Estado, por los empleados públicos y por personas particulares de elevado carácter, en las mismas ocasiones indicadas en el caso primero.

4.5. A la primera autoridad eclesiástica de todo lugar en que no reside el prelado de la diócesis, por el clero, por los empleados públicos, y por personas particulares de elevado carácter, en las mismas ocasiones indicadas en el caso segundo.

4.6. La primera visita que el representante de una nación extranjera que llega hace al Ministro de Relaciones Exteriores y a los demás agentes diplomáticos de otras naciones que existen en el lugar, y la que a él se hace en retribución.

4.7. La visita que hacen al representante de una nación extranjera los demás agentes diplomáticos del lugar, y las personas caracterizadas que le tratan, en los aniversarios que su gobierno solemniza, y a la noticia de un grande acontecimiento próspero o adverso para su nación.

5. Son visitas de ofrecimiento las que una persona hace a sus amigos para participarles que ha tomado estado, que le ha nacido un hijo, o que ha mudado de residencia, y todas aquellas que hace con el objeto de ofrecer su amistad o sus servicios a una persona o familia cualquiera.

6. Son visitas de felicitación las que hacemos a nuestros amigos en señal de congratulación, el día de su cumpleaños, cuando nos participan su mudanza de estado o el nacimiento de un hijo, por su elevación a empleos de honor y confianza, por su feliz arribo de un viaje, y en general, cada vez que ocurre entre ellos o entre sus parientes más cercanos algún acontecimiento feliz que les hace experimentar una extraordinaria complacencia.

7. Son visitas de sentimiento, las que hacemos a nuestros amigos como una manifestación de la parte que tomamos en sus sufrimientos, ya sea por enfermedades, ya por acontecimientos desagradables, ocurridos entre ellos o entre sus parientes más cercanos, ya por la inminencia de algún mal, ya en fin, por cualquier accidente que no sea la muerte y que, los mantenga bajo la impresión del dolor.

8. Son visitas de duelo, las que hacemos a nuestros parientes y a nuestros amigos de confianza, en señal de que nos identificamos con ellos en su dolor, en los dos primeros días después que ha n experimentado o llegado a saber la pérdida de un miembro de su familia, en cualquiera de los días en que el difunto aún no ha sido inhumado, en el mismo día en que se ha hecho la inhumación, en aquel en que se celebran las exequias, o en el aniversario de la muerte acaecida, si la conmemoran con alguna función religiosa.

9. Son visitas de pésame, las que hacemos a nuestros amigos pasado el día de la inhumación del difunto, de la persona que han perdido, o pasados dos días de aquel en que el acontecimiento ha llegado a su noticia, para manifestarles de este modo que los acompañamos en su aflicción.

10. Son visitas de despedida, las que hacemos a nuestros amigos cuando vamos a ausentamos del lugar en que nos encontramos, con el objeto de pedirles sus órdenes.

11. Son visitas de agradecimiento las que hacemos a aquellas personas de quienes hemos recibido servicios de alguna importancia, con el objeto de manifestarles nuestro agradecimiento.

12. Son visitas de amistad todas aquellas que hacemos a las personas con quienes estamos relacionados, sin motivo especial, y sólo por el placer de verlas y de disfrutar de su compañía.

13. La primera visita que debemos hacer a un amigo que llega de un viaje, luego que nos lo participa, cuando recientemente ha perdido un miembro de su familia o ha experimentado cualquiera otra desgracia, no es visita de felicitación, sino de pésame o de sentimiento; pues en sociedad las demostraciones de contento se posponen siempre a las demostraciones de dolor.

14. Con excepción de las visitas de presentación, de las de ceremonia y de las de ofrecimiento y agradecimiento cuando para ellas no media ninguna relación anterior, todas las cuales, por su propia naturaleza, son siempre visitas de etiqueta, las demás tendrán el carácter que les comunique el grado de amistad que las autorice, y serán por lo tanto, según los casos, visitas de confianza, de poca confianza o de etiqueta.

15. No está admitido hacer visitas de negocios en las casas de habitación a personas que tienen separadamente un escritorio en que puede encontrárselas fácilmente. Estas visitas no se pagan en ningún caso, ni dejan a las personas que en ellas se han comunicado en la obligación de darse por conocidas ni de saludarse en otro lugar en que se encuentren.

16. Las visitas de presentación no se pagan sino en casos excepcionales, como se ha indicado anteriormente, la que se paga siempre es la segunda visita que debe hacer el presentado, según hemos comentado en un punto anterior.

17. Respecto de las visitas de ceremonia, las que recibe el Jefe del Estado en su carácter de tal no son pagadas en ningún caso, porque se consideran como homenajes tributados en su persona a la nación entera; y en cuanto a las que reciben los demás funcionarios públicos, éstos no pagan sino aquellas que le han sido hechas por motivos que les son personales, y sólo a las personas que tratan, y a las que hayan de continuar tratando. Entre agentes diplomáticos hay una estricta obligación de pagar siempre estas visitas.

18. Las visitas de ofrecimiento no se pagan sino entre personas que llevan relaciones de amistad, o en los casos en que ellas tienen por objeto establecer estas relaciones.

19. Las visitas de duelo no se pagan. Las personas a quienes hacemos esta particular demostración de afecto nos la retribuyen viniendo a su vez a acompañarnos, cuando la muerte nos arrebata a nosotros un miembro de nuestra familia.

20. Las visitas de agradecimiento no se pagan sino en los casos excepcionales, por ser ellas mismas la correspondencia de un acto amistoso.

21. Las visitas de felicitación, de sentimiento, de pésame, de despedida y de amistad, se pagan siempre, en la oportunidad, en la forma, y con las restricciones que se expresarán más adelante.

22. Las visitas de cumpleaños no se pagan; pero sí ponen en el deber de hacer Visitas de la misma especie a las personas de quienes se reciben.

23. Las visitas de felicitación, de sentimiento o de pésame, que una persona hace a otra repetidas veces en un mismo caso, le quedan todas pagadas con una sola visita. Y cuando a las visitas de sentimiento se sigue inmediatamente una de felicitación, como sucede en los casos en que los acontecimientos desagradables tienen un resultado o término feliz, también quedan todas pagadas con una sola visita.

24. Las personas de avanzada edad o de un elevado carácter, no deben pagar las visitas que reciben de jóvenes que se educan, o que aún no ocupan una posición social bien definida.

25. Hay personas que niegan a sus amigos que están sufriendo, el consuelo que en tales casos ofrece siempre una visita, dando para ello por excusa que su extremada sensibilidad las hace sufrir a ellas demasiado. Semejante conducta no representa otra cosa que una sutileza del egoísmo, y una falta de respeto a las leyes de la caridad y de la amistad, en que no incurre jamás el hombre de buenos principios.

El que acompaña al amigo en medio de su dolor, no es presumible que sufra nunca hasta el punto de verse en la necesidad de abandonarle; y puede asegurarse, generalmente hablando, que cuando el afecto no alcanza hasta el esfuerzo que es necesario para presenciar el espectáculo de la desgracia, no es tal afecto. Por otra parte, no siempre llegamos a encontrarnos al lado de nuestros amigos en los momentos más solemnes de sus grandes infortunios, como en la muerte del padre, del esposo, del hijo, etc., pues lo natural es que entonces sólo estén rodeados de su propia familia, y cuando más, de aquellas personas tan adheridas a ellos, que tengan derecho a acercárseles en tales situaciones.

26. Es notable vulgaridad e inconsideración el fijarse innecesariamente en las casas de los enfermos, o donde ha ocurrido una muerte u otra desgracia cualquiera, o permanecer en ellas a horas de sentarse a la mesa, bajo el pretexto de acompañar y servir a los que sufren. Estos actos están reservados exclusivamente a los parientes y amigos de más intimidad; y aún respecto de estos mismos debe siempre entenderse que su residencia en la casa, o su presencia en las horas de comer, sea evidentemente indispensable. A medida que una familia es más corta y de menos relaciones íntimas, van entrando en la excepción los parientes y amigos menos cercanos.

27. Pocas son las ocasiones en que nos es lícito llevar con nosotros a los niños que nos pertenecen a las casas de nuestros amigos; pero téngase presente que es una gravísima e inexcusable falta el hacerlo en los casos indicados en el párrafo anterior.

28. Las visitas de duelo no están permitidas a las personas de etiqueta, quienes sólo pueden hacerlas en el aniversario de la muerte acaecida, en el caso indicado anteriormente.

29. Es una vulgaridad creerse autorizado para hacer una visita de duelo, a menos que sea la expresada en el párrafo anterior, sólo por haber llevado amistad íntima con el difunto, sin tener ninguna confianza con las personas de la familia dolorida.

30. Las visitas de duelo que se hacen dentro de los ocho primeros días de acaecida la muerte, no son recibidas personalmente por los deudos, muy inmediatos del difunto, como padres, esposos, etc., los cuales permanecen entre tanto apartados de toda comunicación con la sociedad, y tan sólo rodeados de aquellos de sus parientes con quienes tienen mayor confianza, y de algún íntimo amigo que los haya acompañado en los cuidados y fatigas de la enfermedad. El término expresado puede prorrogarse por algunos días más, según el estado de dolor de las personas.

31. Tampoco son recibidas personalmente las visitas de pésame, por los deudos del difunto indicados en el párrafo anterior, hasta pasados quince días de la inhumación del difunto; bien que, de los ocho días en adelante, suelen ya recibir ellos mismos a las personas de mayor confianza. Ambos términos pueden prorrogarse prudencialmente, según las circunstancias especiales que concurran en cada caso.

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