Carta Olímpica. Inscripciones. Transgresiones. Programa de juegos

Para ser incluido en el programa de los Juegos Olímpicos, un deporte olímpico debe satisfacer una serie de criterios

 

La Carta Olímpica. Aros de los Juegos Olímpicos foto base stux - Pixabay

 

Deportes Olímpicos: Juegos de la Olimpiada y Juego Olímpicos de Invierno

Inscripciones

1. Sólo los C.O.N. reconocidos por el C.O.I. podrán inscribir competidores en los Juegos Olímpicos. El derecho de aceptar definitivamente las inscripciones corresponde a la Comisión ejecutiva del C.O.I.

2. Un C.O.N. sólo ejercerá esta atribución sobre la base de las recomendaciones de inscripción formuladas por las federaciones nacionales. Si el C.O.N. las aprueba, transmitirá estas inscripciones al C.O.J.O., que tendrá la obligación de acusar recibo. Los C.O.N. deberán investigar la validez de las inscripciones propuestas por las federaciones nacionales y asegurarse de que ningún candidato ha sido rechazado por razones raciales, religiosas o políticas o como consecuencia de alguna otra forma de discriminación.

3. Los C.O.N. sólo enviarán a los Juegos Olímpicos competidores convenientemente preparados para la competición internacional de alto nivel. Por intermedio de su F.I., una federación nacional podrá apelar ante la Comisión ejecutiva del C.O.I. contra una decisión tomada por un C.O.N. en relación con las inscripciones.

1. Los procedimientos y plazos de inscripción de los concursantes en las competiciones deportivas en los Juegos Olímpicos figuran en la "Guía de inscripción para las competiciones deportivas y para la acreditación", establecida por la Comisión ejecutiva del C.O.I.

2. Todas las inscripciones se imprimirán en un formulario especial aprobado por la Comisión ejecutiva del C.O.I. y serán enviadas en el número de copias determinado por el C.O.J.O.

3. La participación en los Juegos Olímpicos implica para todo competidor el compromiso de respetar todas las disposiciones contenidas en la Carta Olímpica y los reglamentos de la F.I. rectora de su deporte. Todo competidor estará debidamente cualificado por la F.I. correspondiente. El C.O.N. que inscribe a un competidor asegura bajo su responsabilidad que ese competidor tiene plena conciencia de su compromiso de respetar la Carta Olímpica y el Código médico.

4. En caso de que no existiera federación nacional para determinado deporte en un país donde hubiera un C.O.N. reconocido, este último podrá inscribir individualmente competidores de ese deporte en los Juegos Olímpicos, bajo reserva de aprobación de la Comisión ejecutiva del C.O.I. y de la F.I. rectora del deporte en cuestión.

5.1. El formulario de inscripción deberá contener el texto de las condiciones de admisión y la siguiente declaración, firmada por el atleta:

"Consciente de que como atleta en los Juegos Olímpicos, participo en una manifestación de repercusión internacional e histórica permanente, y en consideración a haber sido admitido en los mismos, acepto ser filmado, fotografiado, identificado o grabado por cualquier otro medio durante los Juegos Olímpicos, en las condiciones y para los fines autorizados actualmente o en el futuro por el Comité Internacional Olímpico ("C.O.I.") en relación con la promoción de los Juegos Olímpicos y el Movimiento Olímpico. Acepto asimismo respetar la Carta Olímpica actualmente en vigor y muy especialmente las disposiciones de la misma referentes a la admisión en los Juegos Olímpicos (Norma 45 y su texto de aplicación), al código médico del C.O.I. (Norma 48), a los medios informativos (Norma 59 y su texto de aplicación) y a la marca del fabricante permitida en la ropa y material utilizados en los Juegos Olímpicos (párrafo 1 del texto de aplicación de la Norma 61), así como al arbitraje del Tribunal de Arbitraje Deportivo (Norma 74). Las normas y disposiciones correspondientes me han sido comunicadas por mi Comité Olímpico Nacional y/o por mi Federación Deportiva Nacional".

5.2. La federación nacional y el C.O.N. competentes deberán igualmente firmar este formulario para confirmar y garantizar que todas las normas pertinentes han sido expuestas al competidor.

5.3. El formulario de inscripción debe incluir el texto de las condiciones de admisión y la siguiente declaración firmada por los entrenadores, instructores y miembros del personal oficial:

"Consciente de que como entrenador/instructor/miembro del personal oficial en los Juegos Olímpicos, participo en una manifestación de repercusión internacional e histórica permanente, y en consideración a haber sido admitido en los mismo, acepto ser filmado, televisado, fotografiado, identificado o grabado por cualquier otro medio durante los Juegos Olímpicos, en las condiciones y para los fines autorizados actualmente o en el futuro por el Comité Internacional Olímpico ("C.O.I."). Acepto asimismo respetar la Carta Olímpica actualmente en vigor y muy especialmente las disposiciones de la misma referentes a la admisión en los Juegos Olímpicos (Norma45 y su texto de aplicación), al código médico del C.O.I. (Norma 48), a los medios informativos (Norma59 y su texto de aplicación) y a la marca del fabricante permitida en la ropa y material utilizados en los Juegos Olímpicos (párrafo 1 del texto de aplicación de la Norma61), así como al arbitraje del Tribunal de Arbitraje Deportivo (Norma 74). Las normas y disposiciones correspondientes me han sido comunicadas por mi Comité Olímpico Nacional y/o por mi Federación Deportiva Nacional".

6. Ninguna inscripción será válida si no respeta las disposiciones antedichas.

7. La retirada de una delegación, de un equipo o de un individuo debidamente inscrito constituirá, si se efectúa sin el consentimiento de la Comisión ejecutiva del C.O.I, una transgresión de las Normas del C.O.I. y dará lugar a una acción disciplinaria.

8. Salvo decisión de la Comisión ejecutiva incluida en el contrato de la Ciudad Candidata, el número de atletas participantes en los Juegos de la Olimpiada se limitará a diez mil (10.000) y el número de miembros del personal oficial se limitará a cinco mil (5.000).

Transgresión de la Carta Olímpica

La Comisión ejecutiva del C.O.I. podrá retirar la acreditación a toda persona hallada culpable de transgresión de la Carta Olímpica. Además, el atleta o el equipo infractor será descalificado y perderá los beneficios de todas las clasificaciones obtenidas; toda medalla que haya ganado y todo diploma que le haya sido entregado a este título le serán retirados.

III PROGRAMA DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS

Deportes olímpicos

Los deportes regidos por las siguientes F.I. se consideran deportes olímpicos:

1. Juegos de la Olimpiada:

- Federación Internacional de Atletismo Amateur (I.A.A.F.);

- Federación Internacional de Sociedades de Remo(F.I.S.A.);

- Federación Internacional de Bádminton (I.B.F.);

- Asociación Internacional de Béisbol (I.B.A.);

- Federación Internacional de Baloncesto (F.I.B.A.);

- Asociación Internacional de Boxeo Amateur (A.I.B.A.);

- Federación Internacional de Piraguismo (F.I.C.); (canotaje)

- Unión Ciclista Internacional (U.C.I.);

- Federación Ecuestre Internacional (F.E.I.);

- Federación Internacional de Esgrima (F.I.E.);

- Federación Internacional de Fútbol Asociación (F.I.F.A.);

- Federación Internacional de Gimnasia (F.I.G.);

- Federación Internacional Halterofilia (I.W.F.);

- Federación Internacional de Balonmano (I.H.F.);

- Federación Internacional de Hockey (F.I.H.);

- Federación Internacional de Yudo (I.J.F.);

- Federación Internacional de Luchas Asociadas (F.I.L.A.);

- Federación Internacional de Natación Amateur (F.I.N.A.);

- Unión Internacional de Pentatlón Moderno (U.I.P.M.);

- Federación Internacional de Sóftbol (I.S.F.);

- Federación Mundial de Taekwondo (W.T.F.);

- Federación Internacional de Tenis (F.I.T.);

- Federación Internacional de Tenis de Mesa (I.T.T.F.);

- Federación Internacional de Tiro Deportivo (I.S.S.F.);

- Federación Internacional de Tiro con Arco (F.I.T.A.);

- Unión Internacional de Triatlón (I.T.U.);

- Federación Internacional de Vela (I.S.A.F.);

- Federación Internacional de Voleibol (F.I.V.B.);

2. Juegos Olímpicos de Invierno:

- Unión Internacional de Biatlón (I.B.U.);

- Federación Internacional de Bobsleigh y Tobogganing (F.I.B.T.);

- Federación Mundial de Curling (W.C.F.);

- Federación Internacional de Hockey sobre Hielo (I.I.H.F.);

- Federación Internacional de Luge (F.I.L.);

- Unión Internacional de Patinaje (I.S.U.);

- Federación Internacional de Esquí (F.I.S.).

Programa deportivo y admisión de deportes, disciplinas y pruebas.

El C.O.I. establece el programa de los Juegos Olímpicos, que sólo comprenderá deportes olímpicos.

1. Deportes olímpicos incluidos en el programa de los Juegos Olímpicos.

1.1. Para ser incluido en el programa de los Juegos Olímpicos, un deporte olímpico debe satisfacer los siguientes criterios:

1.1.1. sólo los deportes ampliamente practicados en un mínimo de setenta y cinco países y cuatro continentes por hombres y en un mínimo de cuarenta países y tres continentes por mujeres podrán ser inscritos en el programa de los Juegos de la Olimpiada;

1.1.2. sólo los deportes ampliamente practicados en un mínimo de veinticinco países y tres continentes podrán ser inscritos en el programa de los Juegos Olímpicos de Invierno;

1.1.3. sólo los deportes que apliquen el código antidopaje del Movimiento Olímpico y que, concretamente, realicen controles fuera de las competiciones conforme a las reglas establecidas serán inscritos en el programa de los Juegos Olímpicos;

1.1.4. los deportes serán admitidos en el programa de los Juegos Olímpicos por lo menos siete años antes de los Juegos Olímpicos en cuestión, para los cuales no se autorizará ninguna modificación ulterior.